Despido por denunciar a la empresa.
Autor: Francisco Acuña G.
Abogado.
No sabes lo frecuente que es encontrarse con consultas de trabajadores objetos de un despido por denunciar a la empresa a la Inspección del Trabajo, en una clara señal de represalia contra tal denuncia.
En este artículo trataremos la situación que enfrenta un trabajador al ocurrir el despido por denunciar a la empresa a la Inspección del Trabajo. Abordaremos los derechos de ese trabajador, así como las normas y acciones que lo protegen.
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Garantía de indemnidad.
¿Qué pasa si me despiden por una denuncia a la Inspección del Trabajo?
Muchas veces trabajadores se ven obligados a denunciar a la Inspección del Trabajo a su empleador. Se trata de trabajadores que no se les paga los festivos trabajados, que se les paga menos de lo convenido, que no se les pagan horas extras, no se les pagan sus imposiciones, se les atribuyen funciones para las cuales no han sido contratados, o incluso se les puede llegar a acosar moral o sexualmente, entre muchas otras cosas.
Ya de por sí es difícil para un trabajador tomar la decisión de denunciar al empleador. Cualquier trabajador piensa mucho antes de hacerlo y de hacerlo lo hace pues no ve otra salida de solucionar los problemas. La esperanza la pone en lo que pueda hacer la Inspección del Trabajo. Pero suele ocurrir que una vez hecha la denuncia y realizada la fiscalización, el empleador toma revancha con aquel trabajador que denunció. Aquella revancha la toma desquitandose con este de diversas formas, siendo una de ellas el despido, aunque no la única.
Si usted decide denunciar a la empresa a la Inspección del Trabajo por irregularidades que existan y con ella ya despiden, usted se encontrará protegido por la llamada la garantía de indemnidad.
¿Qué me protege si me despiden por denunciar a la Inspección del Trabajo a mi empresa?
En el caso de que después de que hayas interpuesto una denuncia en la Inspección del Trabajo que haya requerido fiscalización, te despiden, estarás protegido con la mencionada garantía de indemnidad y se te pagará la indemnización correspondiente. Efectivamente, en caso que el trabajador presente una denuncia a la Inspección del Trabajo por alguna irregularidad en su trabajo y solicite que se fiscalice a la empresa, se encontrará aquel trabajador denunciante protegido por la llamada garantía de indemnidad, que es un derecho que tiene todo trabajador a no ser objeto de represalias por parte del empleador como consecuencia de la fiscalización de la Inspección del Trabajo o del actuar de tribunales.
De esta forma si el empleador a consecuencia de la denuncia que interponga el trabajador en la Inspección del Trabajo, toma alguna represalia como el despido u cualquiera otra, podrá el trabajador solicitar el cese de la represalia y reparar las consecuencias del acto. Incluso, si la represalia es el despido, podrá el trabajador demandar por tutela laboral por garantía de indemnidad, debiendosele pagar en caso de que gane no sólo todas sus indemnizaciones legales, sino una indemnización adicional que puede llegar hasta 11 meses de remuneración.
Si crees te despidieron a consecuencia de una denuncia en la Inspección del trabajo es importante asesorarse inmediatamente por abogados laboralistas.
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¿Qué puede hacer el trabajador si es objeto de un despido por denunciar a la empresa a la Inspección del Trabajo?.
Al trabajador lo protege la garantía de indemnidad.
La garantía de indemnidad se consagra en el artículo 458 inciso 3° del Código del Trabajo. En virtud de ella si eres despedido producto de una denuncia interpuesta en la Inspección del Trabajo, te encontrarás protegido.
Al demandar podrás obtener que el juez ordene el pago de indemnizaciones sustitutiva del aviso previo e indemnización por años de servicios, con el recargo del artículo 168 del Código del Trabajo. Ello es, un 30%; 50%; 80% o el 100%, dependiendo de la causal invocada por el empleador. Adicionalmente el juez ordenará una indemnización que va desde los 6 meses a 11 meses de remuneración mensual, siendo facultad discrecional del juez el fijar el monto dentro del parámetro citado.
Mucho ojo que generalmente al trabajador que denunció, lo despedirán argumentando necesidades de la empresa. A pesar de ello el verdadero motivo de su despido será el ánimo de revancha por la denuncia interpuesta.
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¿Cuál es el plazo que tengo para demandar si me despiden producto de la denuncia interpuesta en la Inspección del Trabajo?
Plazo para demandar si te despiden por denunciar a la empresa:
Aquel trabajador objeto de un despido por denuncia a la inspección del trabajo, como represalia de una fiscalización realizada , puede demandar. Tiene el plazo de 60 días contados desde la separación. Este plazo se suspende conforme lo dispone el artículo 168 del Código del Trabajo. Así, se suspende mientras dure la relación administrativa presentada en la Inspección del Trabajo correspondiente.
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¿La demanda se hace en tribunales?
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¿Cómo pruebo que me despidieron por la denuncia interpuesta o por la fiscalización realizada?
Para ganar la demanda no tienes la obligación de probar feacientemente que te despidieron producto de la fiscalización realizada por la Inspección del Trabajo. Efectivamente, atendido que es difícil probar ello y que el legislador lo sabe, simplemente se te pide probar que existen indicios de ello. Generalmente los indicios de un despido realizado producto de una fiscalización realizada son: 1.- La denuncia interpuesta en contra de la empresa en la Inspección del Trabajo. 2.- La fiscalización de la Inspección. 3.- El despido. 4.- La proximidad temporal entre la denuncia, fiscalización y el despido. 5.- La falta de argumentación racional y lógica del despido, más aún considerando la denuncia y fiscalización realizada. 6.- Otros.
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Me citaron a firmar finiquito, pero quiero demandar por despido injustificado para aumentar mis indemnizaciones ¿Qué hago?
Si eres objeto de un despido por denunciar a la inspección del trabajo, no firmes finiquito. Primero conversa con un abogado, ya que puedes obtener indemnizaciones cuantiosas.
Muchas veces el empleador para evitar una demanda, intenta apurar al trabajador a firmar finiquito. Mucho ojo con no dejarse engañar.
Debe firmarse con una reserva de derechos en el finiquito que te indicaremos, de forma de luego demandar.
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No he entendido aún la garantía o principio de indemnidad. ¿Me pueden explicar con otras palabras?
Garantía de indemnidad:
Con el objeto que un trabajador pueda interponer denuncia contra su empleador con tranquilidad, la ley establece la garantía de indemnidad.
La garantía de indemnidad supone que las represalias que se tomen por los empleadores, en razón de haber efectuado una denuncia los trabajadores, ha producido una lesión de los derechos y garantías fundamentales de los trabajadores a que se refiere el artículo 485 del Código del Trabajo. Esas represalias pueden darse no sólo con el despido, sino con cambios de puesto, bajas de remuneración, acosos u otros. En este artículo no obstante, como pudiste ver, nos referimos particularmente al caso del despido.
Si usted interpone una denuncia en la Inspección del Trabajo y con ella activa su labor fiscalizadora, acuden a fiscalizar al empleador y como consecuencia de dicha fiscalización este toma como represalia en su contra el despido, usted se encontrará protegido. Usted podrá presentar una demanda de tutela laboral por vulneración a la garantía de indemnidad.
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