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Despido por consumo de alcohol

Trataremos el despido por consumo de alcohol en el trabajo. Despido que suele darse producto de los conocidos exámenes ocupacionales para la detección de consumo de alcohol  que suelen obligar muchas empresas a realizarse a sus trabajadores.

La situación suele ser siempre la misma: En el marco de las políticas de la empresa obligan a los trabajadores a realizarse exámenes de drogas y exámenes de alcohol. Al salir estos positivos, les suelen hacer a estos en ocasiones una contra muestra y luego los despiden por el artículo 160 del Código del Trabajo número 7, esto es incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, al resultar positivo el consumo de alcohol.

Pues bien, este será el tema de nuestro artículo: Trataremos el despido por exámenes de alcohol despido por test de alcohol. Veremos que tan legales son aquellos despidos, lo que han dicho los tribunales y abordaremos los derechos del trabajador. Ello particularmente atendida la complejidad de la materia, ya que cuando un trabajador se le despide por esta materia, el despido es sin indemnización y la única forma de obtenerla es presentando una demanda por despido injustificado y ganando.

Ofrecemos nuestra asesoría especializada a aquel trabajador despedido por esta materia. Trabajamos de Arica a Punta Arenas, en todo el territorio nacional, y cobramos sólo si ganamos y un porcentaje de lo que obtenemos. Garantía de misabogadoslaborales.cl.

Despido por consumo de alcohol.

¿Te despidieron por consumo de Alcohol?

Muchas empresas, sobre todo en el norte del país, mantienen en los contratos con trabajadores, en reglamentos internos y en sus políticas, la prohibición al trabajador del consumo de alcohol por la actividad que realizan. Ello en principio es razonable, en la medida en que evidentemente no puede permitirse que un trabajador que se encuentre trabajando con alcohol en la sangre cuando está manejando una grúa, un vehículo u otro elemento con el cual pueda ocasionar un accidente.

La pregunta no obstante debe llevarnos a reflexionar ¿Cuál es el dominio que puede tener el empleador sobre el cuerpo del trabajador?, ¿Puede un empleador exigir a un trabajador realizarse un examen de alcohol?, ¿No viola eso acaso su intimidad y privacidad?, ¿puede el empleador controlar lo que haga el trabajador en su horario y tiempos de descanso o solo aquello que hace en el horario de trabajo?. Lo cierto es que todas estas son materias debatidas en la doctrina y jurisprudencia.

No hay duda que el empleador debe procurar velar por la seguridad y salud de sus trabajadores. Pero si hay dudas del nivel de control que puede lícitamente llegar a ejercer. Más aún cuando tal control pretende extenderse muchas veces más allá de los servicios contratados. Ello ya que por medio del contrato de trabajo, no se contrata un esclavo, sino un trabajador con derechos y que el único servicio contratado se extiende a la jornada pactada.

Es por esto que los tribunales suelen condenar a aquel empleador que realiza un despido por consumo de alcohol, considerando que es un despido injustificado, al no concurrir causal de incumplimiento grave por parte del trabajador, que pueda ser probada en juicio. Ello aunque es evidente que caso a caso hay que evaluar. No es lo mismo un trabajador que en el examen de alcohol da positivo a otro que llega a trabajar en evidente estado de ebriedad.

Caso a caso hay que evaluar la conducta del trabajador, no es lo mismo dar positivo a un examen que llegar realmente en estado de ebriedad

No es nada sencillo despedir a un trabajador por consumo de alcohol. Y es que usualmente para ese despido se utilizará la causal del artículo 160 n°7 del Código del Trabajo y se argumentará por la empresa que el trabajador ha incumplido gravemente las obligaciones de su contrato, así como el reglamento de la empresa. Probarlo, será complejo como explicaremos, ya que no basta acreditar que el trabajador da positivo en el examen de drogas, no señor, el tema es mucho más complejo que eso para la empresa. Esta pretende privar al trabajador de sus indemnizaciones legales, por lo que deberá acreditar en juicio que concurren los requisitos para aplicar la causal, no bastando acreditar el consumo, o que se da positivo al test de alcohol.

El despido por consumo de Alcohol afecta inebitablemente al trabajador, al que no le será nada sencillo con aquella causal encontrar un nuevo trabajo. Por lo anterior, siempre hay que evaluar las opciones antes de firmar finiquito y ver la  posibilidad de demandar.

Francisco Acuña G.

Abogado., Misabogadoslaborales.cl

¿Qué debe hacer el trabajador que es despedido por consumo de alcohol por haber dado positivo al examen?

El trabajador que es objeto de un despido por consumo de alcohol , debe por medio de un abogado, presentar una demanda de despido injustificado, ante tribunales. La inspección del Trabajo no es competente para conocer el tema y resolver, sólo tribunales puede resolver una materia como esta.

Así, cuando te entreguen tu carta de despido, nos las puedes enviar vía Whatsapp o correo y evaluaremos tu caso. De encontrarlo procedente y desear tramitar el caso con nosotros, prepararemos tu demanda, te la enviaremos y luego de revisada la carta de despido, la presentaremos al tribunal que corresponda.

¿Qué obtengo si gano la demanda de despido injustificado, cuando se me despide por consumo de alcohol?

Si ocurre un despido por consumo de alcohol por medio del artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo, y presentas una demanda por despido injustificado, puedes ganar no sólo que te paguen tus indemnizaciones legales, sino que estas se te incrementen, por lo injustificado del despido.

 

Efectivamente, podrás demandar solicitando se te pague tu indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, un incremento del 80% adicional a tu indemnización por años de servicio, como sanción ante el despido injustificado, además de las vacaciones y remuneraciones pendientes. Todo lo anterior a evaluar según el tipo de contrato.

¿Qué debe probar tu empleador para ganar el caso si te despide por el artículo 160 n° 7 del Código del Trabajo, argumentando que diste positivo en examen de alcohol?

Si a raíz que diste positivo en examen de alcohol, tu empleador realiza un despido por artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, argumentando el consumo de alcohol, para ganar el caso no le basta acreditar el consumo, tampoco le basta acreditar que diste positivo al examen y a una contra muestra. Tu empleador debe acreditar algo mucho más dificil aún, debe acreditar que existe un incumplimiento contractual y que este incumplimiento puede ser calificado como grave. La configuración de esta causal permite al empleador poner término al contrato de trabajo, sin derecho a indemnización o con ellas dependiendo de quien la invoque y es por ello que la ley y los jueces son bastante rigurosos al permitir la aplicación de esta causal.

Dado ello es bastante complejo para el empleador ganar el caso, el empleador en ningún caso puede controlar lo que hace el trabajador fuera del horario laboral, pues no es dueño del trabajador ni de su cuerpo y no está pagando sino para que el trabajador realice una función, la cual no involucra de ninguna forma tener la propiedad o control del trabajador

¿Puede el empleador prohibirle al trabajador que consuma alcohol fuera del horario de trabajo?

No puede el empleador prohibir el consumo de alcohol fuera del espacio laboral, en tanto eso implicaría extralimitar las facultades patronales a las conductas de la vida privada, lo que no es admisible, por lo que siempre las prohibiciones de la regulación interna únicamente pueden entenderse dirigidas a la conducta que se desarrolla dentro de la jornada de trabajo.

Así, el simple examen que presentará como prueba el empleador, de haber dado positivo el trabajador, va a ser insuficiente para que aquel pueda ganar el juicio en la mayoría de los casos. Así se ha fallado en múltiples casos que ha llevado nuestra firma de abogados.

A todo ello se debe agregar que los exámenes que realizan no detectan sino la presencia de la sustancia o droga, pero aquella según la sustancia puede durar varios días luego del consumo. Efectivamente, suele por medio de estos exámenes resultar  imposible datar la fecha probable de consumo, que bien pudo haber sido muchos días antes de la toma de muestra, por lo que no suelen ser un medio apto para demostrar que entró la persona a trabajar drogada.

¿Qué pasa si mi contrato o el reglamento interno prohibe el consumo de drogas?

Tanto el contrato como el reglamento interno pueden reglar lo que el trabajador hace al interior de la empresa, dentro de su jornada laboral, pero de ninguna forma pueden reglamentar lo que hace el trabajador en su descanso.

Todo esto se discute mucho a raíz de la dominación que pretenden muchos empleadores sobre el cuerpo del trabajador y dados los derechos de cada trabajador.

¿Algún consejo para el trabajador despedido por consumo de alcohol?

Si te despiden por consumo de alcohol, por el artículo 160 del Código del Trabajo, no firmes finiquito, no sin antes enviarnos tu carta de despido para evaluar tu caso. No cometas un error del cual te puedas arrepentir. Firmado el finiquito no habrá solución posible si se firma sin reserva de derechos.

Despido por consumo de alcohol en el trabajo

El despido por  consumo alcohol en el trabajo no es una causal per se de despido establecida en el código del Trabajo.  Aquel empleador que desee realizar un despido por consumo de alcohol en el trabajo, deberá utilizar una de las causales de despido del artículo 160 del Código del Trabajo y probarla en juicio en cuanto a sus requisitos. No le bastará al empleador acreditar el consumo de drogas del trabajador, pues ello no es causal de despido, sino que deberá acreditar los requisitos particulares de la causal del artículo 160 que invoque.

Contáctanos y cuéntanos tu caso

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