Autodespido por cambio de funciones

por | Ene 3, 2021 | autodespido

Autor: Francisco Acuña G.
Autor: Francisco Acuña G.

Abogado.

El autodespido es la forma que tiene el trabajador de poner término a su contrato por su sólo deseo y al margen de la voluntad del empleador producto de incumplimientos por parte de la empresa a las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo o a las que la ley impone como obligatorias. En este contexto trataremos sobre el autodespido por cambio de funciones.

Intentaremos explicar en que casos o circunstancias puede el trabajador autodespedirse por cambio de funciones de forma segura y cuales son los pasos a seguir.

Desde ya indicamos que contamos con abogados laboralistas, prestando asesoría de aríca a Punta Arenas. Asesoramos al trabajador evaluando la posibilidad de autodespedirse y de encontrarlo viable lo ayudamos en el autodespido, en la demanda de autodespido y en el proceso judicial.

Autodespido por cambio de funciones

¿Me puedo autodespedir si cambiaron mis funciones unilateralmente?

Comenzaremos explicando que el autodespido es en buenas cuentas una vía de escape que tiene el trabajador para salir de una relación laboral en la que ya no quiere permanecer, sin perder sus indemnizaciones legales. El autodespido evita al trabajador tener que renunciar y perder su tiempo de servicio y sus indemnizaciones y se presenta como un castigo para el mal empleador.  No obstante, no es llegar y elegir el autodespido en vez de la renuncia, lógicamente, pues de lo contrario todos optarían por aquella vía. Para optar por el autodespido hay que cumplir con sus requisitos.

Cuando uno entra a una relación laboral y firma un contrato de trabajo en un puesto y funciones determinadas, aquel contrato se transforma en ley para las partes.

¿Puede el trabajador autodespedirse por cambio de funciones?

El empleador tiene la obligación de otorgar el trabajo convenido en el puesto que corresponda según el contrato de trabajo suscrito y el trabajador tiene la obligación de trabajar en las funciones convenidas. Todo lo anterior debe respetarse, salvo ambas partes acuerden y se suscriba un anexo de contrato con cambio de funciones para el trabajador. Sin anexo o acuerdo de cambio de funciones laborales, el trabajador debe prestar servicios en las mismas funciones convenidas. 

Cualquier cambio unilateral de funciones, es un incumplimiento de contrato y un abuso de las facultades del empleador, salvo aquellos cambios que ejecuta en el ejercicio del ius variandi empresarial, cumpliendo los requisitos del artículo 12 del Código del Trabajo.

Si ese cambio unilateral de funciones o ese cambio de puesto de trabajo, se considera un incumplimiento grave a las obligaciones del contrato, podría el trabajador autodespedirse por modificación unilateral de las funciones contratadas.

¿En que caso es posible para el empleador hacer un cambio de funciones unilateralmente y de forma legal?

Sólo en el caso del artículo 12 del Código del Trabajo y cumpliendo los requisitos que indicaremos, puede el empleador cambiar las funciones o naturaleza de los servicios:

Tal artículo indica que el empleador podrá alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deban prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador.

Así, los requisitos para cambiar la naturaleza de los servicios o para cambiar las funciones de un trabajador, son: 1.- Que se trate de labores similares. 2.- Que ello no importe menoscabo al trabajador. De esta manera, hacer uso de tal facultad es de aplicación unilateral del empleador imponiéndole la norma el cumplimiento de los requisitos antes mencionados. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha establecido en su jurisprudencia administrativa que labores similares son aquellas que requieren de idéntico esfuerzo intelectual o físico; que se realicen en condiciones higiénicas y ambientales parecidas a aquéllas en que se desempeñaba el trabajador, y que se efectúen en un nivel jerárquico semejante a aquél en que se prestaban los servicios convenidos primitivamente. Por su parte, definió que constituye menoscabo todo hecho o circunstancia que determine una disminución del nivel socio-económico del trabajador en la empresa, tales como mayores gastos, una mayor relación de subordinación o dependencia, condiciones ambientales adversas, disminución de ingreso, etc.

¿Qué pasa si alguna de estas condiciones no se cumple?

El empleador estaría incumpliendo la ley, y el trabajador afectado podría denuciar a la Inspección del Trabajo que alguna de las condiciones no se cumple, pudiendo denunciar el hecho a la Inspección del Trabajo, y porqué no, tomar luego la decisión de autodespedirse.

 En particular, no existe un autodespido por cambio de funciones o autodespido por cambio de puesto de trabajo. No obstante ello, si es posible autodespedirse por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato por parte del empleadorAsí, de forma indirecta, es posible autodespedirse alegando que el cambio de funciones unilateral decidido por el empleador es un incumplimiento grave del contrato, pues excede las facultades del empleador.

Lo importante es que no cualquier cambio de funciones o cambio de puesto de trabajo puede dar lugar a un autodespido. Para ello, el cambio de funciones, debe ser un cambio unilateral y sin consentimiento y debe constituir un incumplimiento grave al contrato por parte del empleador. Será grave en la medida que aquel cause un perjuicio o un menoscabo al trabajador.

¿Cuándo hay cambio unilateral de funciones?

Hay cambio unilateral de funciones cuando el empleador cambia de puesto de trabajo al trabajador sin su consentimiento, sin anexo de contrato y sin cumplir los requisitos del artículo 12 del Código del Trabajo. Tal cambio unilateral de funciones, puede dar lugar al autodespido, en la medida que racionalmente nos sea posible atribuirle gravedad.

Representamos a trabajadores de Arica a Punta Arenas en materia laboral. Somos abogados especialistas en materia laboral. Cobramos sólo contra resultados y un porcentaje de lo obtenido. No hay costo previo de gastos de fotocopias, ni de pasajes, ni de honorarios. Si no ganamos, nada se nos paga. Garantía de Misabogadoslaborales.cl. 

01

¿Cómo funciona el autodespido?

El autodespido se regula en el artículo 171 del Código del Trabajo. En este menciona que si el empleador incurre en alguna de las causales que se establecen en los N° 1, 5 y 7 del artículo 160 nace para el trabajador el derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, en caso de corresponder. Además se le otorga al trabajado un incremento de su indemnización por años de servicio que según la causal puede ser incluso de hasta un 100% (depende causal). 

Para que te puedas autodespedir por un cambio unilateral de funciones debe existir un incumplimiento al contrato o a las obligaciones que establece la ley por parte de la empresa y tal incumplimiento debe ser grave. Esto es importante analizarlo con un abogado laboral, para que evalúe si se cumple el requisito.

El autodespido siempre conlleva un juicio y siempre para este necesitará un abogado laboral. En tal sentido asesorarse en todo momento con nosotros o con el abogado laboral de tu confianza. Aquí muchos cometen el error de asesorarse con funcionarios de la inspección del Trabajo, lo que no es recomendable: Primero, por que solo son administrativos y aunque te quieran ayudar, no tienen los conocimientos. Segundo, porque el autodespido al implicar un juicio y al no ser abogados, no te pueden ayudar.

Pasos para el autodespido por cambio de funciones:

1.- El primer paso entonces es redactar la carta de autodespido por cambio de funciones (ver ejemplo de modelo de carta de autodespido por cambio de funciones) En esta carta de deben detallar los incumplimientos como en el ejemplo.

2.- Redactada la carta de autodespido por cambio de funciones se imprime o se saca en 3 copias y se firman por el trabajador. 

3.- Hecho lo anterior, una de las copias de la carta de autodespido por no cambio de funciones, las meten a un sobre americano y la envían a la empresa, al domicilio que señala el contrato, guardando el comprobante de envío. Las otras copias las  las llevan a la Inspección del Trabajo, donde les quitarán una (la copia que pertenece a la Inspección), y te quedará sólo una. Esta última que queda, se la debes entregar al abogado laboral que hará tu demanda de autodespido por cambio de funciones.

4.- Realizado todo lo anterior, redactamos la demanda de autodespido por cambio de funciones para interponerla en tribunales, ello ya que la inspección del trabajo no tiene facultad para determinar si el autodespido es procedente o no, sólo tribunales tiene tales facúltades. Sólo podría variar este paso  si se trata de un juicio monitorio, en que la ley impone antes de demandar presentar un reclamo a la Inspección del Trabajo, caso en el cual te asesoraremos oportunamente.

Como veremos, el autodespido siempre conlleva un juicio y siempre para este necesitará un abogado. Lo ideal es que la carta de autodespido que explicaremos más adelante, la redacte el abogado. Recordar en este sentido que el modelo de carta de autodespido por cambio de funciones es solo un modelo de ejemplo de casos que hemos tramitado y que la carta de autodespido tuya debe adaptarse a tu situación en particular, sin cometer errores.

02

Entonces ¿Cuándo me puedo autodespedir por cambio de funciones?

Se ha resuelto por la jurisprudencia (sentencia de tribunales), que es dable concluir que la terminación del contrato de trabajo realizada por el actor (trabajador) se ha ajustado a derecho, desde que el empleador incurrió en incumplimiento grave de las obligaciones que le imponía el contrato que lo ligaba al demandante, por cuanto modificó sustancialmente las funciones para las cuales el dependiente había sido contratado, ocasionándole un menoscabo de tal entidad que justifica la decisión adoptada por el trabajador” (Corte Suprema, 31.07.2001 Rol 1530-2001 de Código del Trabajo interpretado. Punto Lex, tomo I. 2007, pág. 386).

Así, en el juicio, el abogado laboral que representa al trabajador, debe concentrarse en acreditar el cambio unilateral de funciones. También es importante acreditar que el cambio de funciones produce un menoscabo de importancia.

03

¿Puedo hacer el autodespido con la Inspección del Trabajo?.

La Inspección del trabajo tiene formatos tipo de cartas de autodespido. Muy mal hechas, por cierto. De hecho notará en ellas que le deja unas pocas líneas al trabajador para explicar los motivos para autodespedirse.

Como el autodespido necesariamente implica interponer una demanda en tribunales luego de redactar la carta de autodespido, no cometa el error de redactar usted mismo la carta. Que la carta de autodespido la redacte el abogado. Seamos nosotros o el que usted estime conveniente.

No sabe usted cuantos casos nos llegan a los abogados con cartas de autodespido redactadas por los propios trabajadores, cartas mal redactadas o con contenido insuficiente, que no contienen todo lo que debieran.

Tener una buena carta de autodespido es el primer paso para salir victorioso en la demanda.  No use los formatos de la Inspección, nunca jamás. 

04

¿Porqué el autodespido necesariamente implica una demanda en tribunales?.

Mucha gente tiene la creencia que esto puede resolverlo la Inspección del Trabajo. Ello no es así. Todo autodespido implica hacer y enviar una carta de autodespido por cambio de funciones al empleador y posteriormente demandar en tribunales.

Puede además interponerse, si se quiere, un reclamo en la Inspección del Trabajo luego de enviar la carta de autodespido. No obstante ello la Inspección del Trabajo no tiene ninguna facultad para decidir si el autodespido procede o no. Ello pues simplemente es una instancia de mediación (conciliación). El funcionario no tiene ninguna facultad de impartir justicia. Ella sólo la tiene el juez.

05

¿En qué plazo debe presentarse la demanda de autodespido?.

Desde que se realiza la carta de autodespido por cambio de funciones y se envía , el trabajador tendrá el plazo de 60 días hábiles para interponer la demanda por autodespido.

06

¿En qué plazo debe presentarse la demanda de autodespido?.

Si se obtiene sentencia favorable a la demanda de autodespido, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y legal por años de servicios, esta última aumentada en un 50% en caso que la causal invocada sea la del N° 7 del artículo 160, o en un 80% en el caso de las causales del N° 1 y 5 del mismo artículo. 

07

¿Qué posibilidades tengo de ganar el autodespido por cambio de funciones?.

El autodespido es una buena herramienta, y es útil para los trabajadores que se han hecho asesorar bien en forma previa por un abogado especialista en materia laboral. Aquella es la clave, ya que la falta de prolijidad o buena asesoría puede terminar en la pérdida del juicio.

Un buen abogado no llegará y autodespedirá al trabajador, sino que previamente evaluará el caso y las posibilidades reales de ganar el autodespido. Al conocerse el caso te diremos inmediatamente las posibilidades de ganar.

08

¿Dónde puedo encontrar un modelo de carta de autodespido por cambio de funciones?.

Aquí te dejamos un modelo de carta de autodespido por cambio de funciones .

No obstante recuerda mi recomendación. Para el autodespido necesitarás sí o sí un abogado laboral. El autodespido siempre implica una demanda, ya que Inspección del Trabajo no es juez, por lo que no tiene facultades para declarar el autodespido, sólo un juez la tiene.  Dado ello siempre es recomendable que el abogado laboral que te representará en el juicio de autodespido, te represente.

09

¿me pueden cambiar de puesto de trabajo sin mi consentimiento?

Sólo en el caso indicado en el artículo 12 del Código del Trabajo el empleador podrá alterar la naturaleza de los servicios o el sitio o recinto en que ellos deban prestarse, a condición de que se trate de labores similares, que el nuevo sitio o recinto quede dentro del mismo lugar o ciudad, sin que ello importe menoscabo para el trabajador.

Si el trabajador afectado por la decisión patronal considera que el cambio de funciones si produce un menoscabo, y que ello constituye un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo al empleador, podrá el trabajador poner término a la relación laboral, ejerciendo la acción de autodespido y dando derecho al pago de las indemnizaciones que correspondieren.

Así lo ha señalado la Corte Suprema, expresando “Que siendo el contrato de trabajo un negocio jurídico bilateral, el ius variandi representa una situación excepcional que puede hacerse efectiva por el empleador dentro de sus potestades demando y está restringida, por ello, a modificaciones que no importen un menoscabo para el trabajador (…) Por otro lado concede al dependiente, la prerrogativa de imputar incumplimiento grave de las obligaciones por parte del empleador, lo que también supone una actitud que altere el normal desenvolvimiento de las relaciones habituales entre las partes.

Habiendo incurrido el empleador en la causal de caducidad prevista en el artículo 160 No. 7 del Código del Trabajo al adoptar una medida que no respeta o contraviene los límites ya estudiados, se produce el fundamento para poner término de la relación laboral. 

Si te quieres ejercer el autodespido por cambio unilateral de tus funciones, el cambio unilateral de funciones, debe ser considerado por el juez como un incumplimiento grave de tu contrato de trabajo. Será grave, en la medida que en tu caso en paticular, se le pueda asignar una gravedad, en torno a la modificación y a los perjuicios que causa la modificación en relación a los servicios contratados. Fundamental será entonces que el cambio sea sin tu consentimiento.

Francisco Acuña G.

Abogado., Misabogadoslaborales.cl

Lunes Hasta Viernes
9:00 am a 18:00 pm

 Llevamos Casos en todo Chile, de Arica a Punta Arenas.

Consulta de forma gratuita. Puedes contarnos tu caso. Si nos contratas, sólo te cobraremos un porcentaje de lo que obtengamos en juicio. Si perdemos, nada nos pagarás. 

Te Resulta Útil Este Contenido? Haznos saber con una puntuación!

¡Haz clic en una estrella para puntuar!

Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 4

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Scroll al inicio
Call Now ButtonLlámanos ahora !