¿Cómo despedir a un trabajador que roba?

por | Feb 26, 2020 | despido

Autor: Francisco Acuña G.
Autor: Francisco Acuña G.

Abogado.

Este artículo está dedicado al empleador. Específicamente está dedicado a aquel empleador que descubre a uno de sus trabajadores robando o hurtando bienes de la empresa. El artículo se centra en ¿Cómo despedir a un trabajador que roba?.

Intentaremos explicar la dificultad que representa un despido por falta de probidad, así como las precauciones que debe tener el empleador. Desde ya indicamos que asesoramos a trabajadores y empresas de Arica a Punta Arenas en materia laboral. Somos abogados especialistas en el área. 

Hacemos la prevención que la palabra robo, la utilizaremos en este artículo únicamente hacer alusión a la sustracción de bienes o dinero de la empresa. No se utiliza en su significado jurídico, en que debemos distinguir robo y hurto u otros delitos contra la propiedad. Ello ya que el artículo se dirige al público general (en este caso empleadores), y no a abogados.

Despido por falta de probidad.

Despido por robo

Lo cierto es que no es poco frecuente que el empleador encuentre a trabajadores hurtando o robando bienes de la empresa. En aquel momento para el empleador la vía a seguir es una sóla, no hay otra posibilidad, es necesario despedir al trabajador.

Evidentemente no hay posibilidad de continuar con ese trabajador, la confianza se rompe irremediablemente,  el despido del trabajador que roba parece ser la única opción. Aún cuando el bien robado sea de poco valor, lo que importará al empleador en aquel caso no es el robo mismo, sino la pérdida de la confianza y la inseguridad de mantener a un trabajador trabajando en esas circunstancias. Aquel despido por robo, jurídicamente en chile, toma el nombre de despido por falta de probidad, consagrado en el arítulo  160 n°1 letra a).

Desde ya al empleador que se encuentra en esta situación, la recomendación es asesorarse antes de ejecutar el despido. Que el despido por falta de probidad (despido por robo), que no lo ejecute el, sino un abogado laboral que redacte la carta de despido.

Lamentablemente el empleador muchas veces por no asesorarse ante la situación, el empleador llega y despide al trabajador que roba, al pillarlo robando o hurtando bienes de la empresa. Ello puede ser un gran error. Ya que aún teniendo todas las pruebas necesarias del robo o hurto, un despido mal ejecutado, es un despido injustificado, lo que implicará ser condenado a pagarle al trabajador todas sus indemnizaciones. Despedir incluso a un trabajador que roba, puede ser catastrófico si se hace de mala forma, sin apego a las normas.

El despido por falta de probidad debe ser muy bien ejecutado, ya que es un despido por causa grave, que se le imputa al trabajador una determinada conducta de falta de honestidad, integridad, rectitud y que implica despojarlo de sus indemnizaciones, por lo que debe tener como acreditarse lo imputado.

Recomendación para despedir a un trabajador que roba:

La recomendación es lógica. Debe el empleador estar muy bien asesorado al despedir al trabajador, en la forma de hacerlo. No seguir las formalidades implicará perder el juicio. Da igual se tenga o no como acreditar el robo o hurto. Puede el empleador tener un video en el que salga hurtando el trabajador, pero si no se siguen las normas y formalidades, ese empleador podría perder el juicio.

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Las normas laborales están hechas para proteger al trabajador. De hecho el Derecho laboral surge para eso. Eso no significa que el empleador no pueda despedir a ese trabajador ni que no pueda denunciarlo o querellarse en su contra. Evidentemente el empleador puede desvincular a ese trabajador, pero debe hacerlo pensando siempre en como defenderse de un futuro juicio por despido injustificado. Debe hacerlo siempre pensando que un despido que no cumple las formalidades, es un despido injustificado y así se declarará, aunque el empleador pruebe el robo o hurto, perderá si no cumple las formas.

En este sentido, dentro de las causales de despido que establece el código la gran mayoría se refiere a conductas del trabajador. El artículo 160 n°1 letra a), del Código del Trabajo, establece que el empleador puede despedir a su trabajador, sin derecho a indemnización, por: «falta de probidad del trabajador«, debe probarlo. Si el trabajador demanda y el empleador no prueba la causal, el juez declarará que estamos ante un despido injustificado.

Para ejecutar el despido, el empleador debe someterse a las formalidades que establece la ley y no alejarse de ellas en ningún momento. Debe entonces conforme al artículo 162 del Código del Trabajo comunicarlo por escrito al trabajador, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio señalado en el contrato. En la comunicación debe expresar la o las causales invocadas y los hechos en que se funda. Sobre el particular, una carta de despido mal hecha, es un juicio perdido. Aquellos empleadores que ya han vivido ello, entenderán lo que les explico. La carta de despido debe explicar pormenorizadamente las razones del despido, los hechos, cuando ocurrieron y cómo.

De lo anterior es el llamado a asesorarse al despedir a un trabajador. Muchas veces las cartas las realiza personal administrativo o contabilidad. Puede ser hecha con muy buenas intenciones, pero una carta mal hecha se traduce en juicio perdido.

En este sentido, asesoramos al empleador que se ve enfrentado a esta situación, en ordenar los medios de prueba y en redactar la carta de despido, para que ante un eventual juicio futuro, no le perjudique una carta de despido mal redactada. En este sentido, desde ya sugiero no pedirle por ningún motivo al contador de la empresa o a un administrativo redactar la carta de despido. Ese es un error fatal. El contador estudio contabilidad, puede ser buena persona y buen contador, pero no estudió para ser abogado, no sabe y lo hará seguramente mal, ni se imagina usted la cantidad de cartas mal redactadas por contadores que he visto.

¿Dónde se regula del despido por falta de probidad?

El despido por falta de probidad se regula en el artículo 160 N° 1 letra a) del Código del Trabajo, indicando que el empleador puede despedir a su trabajador, sin derecho a indemnización, por falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.

Despedir aun trabajador que roba: consejo general.

El artículo 160 establece las causales para despedir a un trabajador sin indemnización. Entre las causales está la del n°1 letra a): Falta de probidad. 

Atendido que tales causal autoriza a despedir a un trabajador privándolo de su indemnización, el hacerlo no es nada sencillo para el empleador.

Efectivamente, en muchos casos el empleador se expondrá a un juicio que iniciará el trabajador por despido injustificado.

Ante ello siempre es aconsejable seguir las formalidades propias para despedir al trabajador, que en lo posible la carta de despido la redacte un abogado laboral. Es importante de forma de tener una solida defensa ante un eventual juicio. Ninguna gracia tendrá despedir al trabajador que ha sustraído bienes de la empresa por falta de probidad y luego tener que indemnizarlo, a pesar de lo que ha hecho. Por ello los consejos.

Como aclaración se indica que no existe como causal de despido, el despido por robo. No existe esa causal específica. A aquellos casos se aplica la causal de falta de probidad

Despido por falta de probidad

¿Cómo despedir a un trabajador que roba?

Para despedir a un trabajador que roba, debes despedirlo por la causal del artículo 160 n°1 letra a), esto es «falta de probidad del trabajador».  Para dicho efecto debe el empleador conforme artículo 162 del Código del Trabajo comunicarlo por escrito al trabajador, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio señalado en el contrato, expresando la o las causales invocadas y los hechos en que se funda.

Una carta mal hecha, es un juicio perdido. Aquellos empleadores que ya han vivido ello, entenderán lo que les explico.

La carta debe explicar detalladamente todos y cada uno de los hechos que constituyen la falta de probidad. Debe indicar en lo posible, cuando ocurrieron y en que consistieron. Debe ser detallada la explicación de los hechos, ahí está la clave. 

El motivo de lo anterior es que el artículo 454 n° 1 del Código del Trabajo, indica «en los juicios sobre despido corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones a que se refieren los incisos primero y cuarto del artículo 162, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido.» Así las cosas, lo que no está en la carta, no existe y evidentemente por la norma un despido sin carta siempre será un despido injustificado

Despido por falta de probidad: Requisitos

Una de las causales más graves por las cuales es posible despedir al trabajador es el despido por falta de probidad. Aquella es una de las causales que autorizan al empleador para poner término al contrato de trabajo sin pagar indemnización alguna al trabajador. Pero no sólo eso, sino que se trata de una causal que puede afectar mas allá al trabajador, como en la búsqueda de un nuevo trabajo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 160 N° 1 letra a) del Código del Trabajo, el empleador puede despedir a su trabajador, sin derecho a indemnización, por falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones. Evidentemente debemos preguntarnos ¿qué se entiende por falta de probidad?. Lo cierto es que nuestro Código del Trabajo no define lo que debe entenderse por falta de probidad, pero se puede decir que la probidad es la honradez, integridad y rectitud en el actuar. La falta de probidad sería la ausencia de honradez, integridad o rectitud en el proceder de un trabajador en el desempeño de las funciones convenidas en el contrato.

Tal y como ya indicamos, el artículo 160 permite al empleador poner término al contrato sin derecho a indemnización para el trabajador cuando concurren las causales que ahí se señalan. Dentro de las causales encontramos en la letra a) la falta de probidad; esta causal sanciona hechos que implican incumplimiento grave al contenido ético jurídico del contrato de trabajo y al principio de buena fe con que este debe ejecutarse, de manera que lo que se protege con el establecimiento de esta es la correcta relación de las partes del contrato, empleador y trabajador, debiendo estas cumplir con sus obligaciones de manera correcta y leal.

El empleador puede utilizar la causal de falta de probidad para despedir al trabajador, no obstante la falta de probidad para configurar el despido tiene ciertos requisitos, sin los cuales el despido se transforma en un despido injustificado.

Los requisitos generales que debe cumplir el despido por falta de probidad, son:

1.- Que la conducta que se le imputa al trabajador debe ser grave, es decir, debe ser de tal entidad que amerite poner término al contrato de trabajo por hacer imposible la continuación de la relación laboral, la convivencia laboral.

2.- Que las conductas del trabajador sean debidamente comprobadas, es decir, que los hechos que fundan la causal deben tener suficientes pruebas para ser acreditados. Siempre corresponderá al empleador probar esta causal, y en ésta causal es aún más exigente, ya que implica un reproche a la conducta moral del trabajador.

 A su vez, los requisitos especiales que tiene la causal de falta de probidad, son los siguientes:

a) Que se trate de una falta de probidad. De acuerdo al concepto que de ella tienen tanto la Dirección del Trabajo como por parte de Tribunales.

b) Que la falta de probidad sea en el desempeño de las funciones del trabajador. La conducta debe ser ejecutada con ocasión de la relación laboral y en relación con las funciones que desempeña el trabajador. (es decir no puedo despedir a mi trabajador por falta de probidad sí la falta de probidad en cuestión no se ejecutó dentro de las labores o con ocasión a las labores realizadas por el trabajador).

Si despido a un trabajador por falta de probidad, debe el empleador poder probar lo que alega.

Si se decide despedir a un trabajador por falta de probidad, acusándolo de robo, hurto o sustracción de bienes de la empresa, el primer problema que debe enfrentar el empleador, es tener una buena carta de despido. Luego, el siguiente problema que debe enfrentar el empleador, es que debe poder probar lo que alega. Así, el empleador debe tener como probar la falta de probidad, si es demandado por despido injustificado por el trabajador. 

No es nada sencillo para el empleador poner término al contrato de trabajo acusando a uno de sus trabajadores de robo, hurto o sustracción de bienes de la empresa. En la medida que el empleador   no tenga como acreditar que el trabajador ha incurrido en falta de probidad (es decir que ha robado o hurtado), en caso de demandar el trabajador se verá expuesto a que un tribunal declare que el despido es injustificado (o indebido). Ello implicará que el juez ordene el pago de todas las indemnizaciones que correspondan al trabajador. Incluso el trabajador que por un despido de esa naturaleza vea afectado por ejemplo su integridad psíquica o su honra, podría demandar por tutela laboral por infracción a los Derechos fundamentales y ver aumentadas sus indemnizaciones.

Despido por falta de probidadExplicación práctica.

Si requieres despedir a un trabajador que roba por falta de probidad, debes hacer una carta de despido perfecta, indicando los hechos en que se funda y la causal. Carta mal hecha, juicio perdido para el empleador, aunque acredites la sustracción de bienes de la empresa. 

Francisco Acuña G.

Abogado., Misabogadoslaborales.cl

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