Despido por antecedentes penales

por | Ago 27, 2023 | despido

¿Te pueden despedir por antecedentes penales previos?. Descubre el marco legal chileno sobre los despidos relacionados con antecedentes penales previos. ¿Es un acto legal o una forma de discriminación?. Te mostraremos cómo el trabajador que es despedido por tener antecedentes penales, puede demandar no sólo por despido injustificado, sino también por despido discriminatorio vulnerador de derechos fundamentales.

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Video: ¿Me pueden despedir por tener antecedentes penales previos?

¿Qué pasa si me despiden por tener antecedentes penales?

El despido por tener antecedentes penales, puede ser un despido discriminatorio y traer consigo indemnizaciones.

La inclusión laboral es uno de los pilares fundamentales en cualquier sociedad democrática. En Chile, la discusión en torno a los derechos de los trabajadores ha tomado relevancia en distintos aspectos, uno de ellos siendo la posibilidad de despedir a un trabajador por contar con antecedentes penales previos. Esta cuestión nos lleva a indagar más allá del aspecto laboral, adentrándonos en los derechos fundamentales protegidos por nuestra Carta Fundamental.

La problemática de despedir a un trabajador basándose en antecedentes penales entra en el conflicto entre el derecho de un empleador a conocer a quién está contratando y el derecho del individuo a ser reintegrado en la sociedad y no ser discriminado. Abordaremos entonces cómo el despedir a un trabajador por sus antecedentes penales previos, puede constituír no sólo un despido injustificado, sino una vulneración a su derecho a la no discriminación de conformidad a lo prevenido por el artículo 19 N°16 de la Constitución Política de la República en relación al artículo 2 del Código del Trabajo y las indemnizaciones que podría llegar a obtener tal trabajador, de demandar y ganar su caso.

¿Permite el Código del Trabajo despedir a un trabajador por tener antecedentes penales previos?.

El Código del Trabajo no tiene ninguna causal que permita despedir a un trabajador por tener antecedentes penales previos:

En efecto, ni en las causales de término de contrato del artículo 159, 160 o 161 del Código del Trabajo encontramos alguna causal de despido que permita a un empleador despedir a un trabajador por el sólo hecho de tener antecedentes penales previos. Por ello en principio por ese mero hecho no sería posible despedir legalmente al trabajador sin caer en un despido injustificado, indebido o improcedente, y tal vez, discriminatorio y vulneratorio de sus derechos fundamentales, debiendo el empleador enfrentar las consecuencias jurídicas de su decisión.

No obstante, esto en ciertos casos debe analizarse. Por ejemplo, la Dirección del Trabajo ha resuelto que regla general no se puede establecer como exigencia para ingresar a una empresa la presentación de un certificado de antecedentes, ya que ello, iría en contra del principio constitucional de la no discriminación laboral. Solamente se puede solicitar un certificado de antecedentes penales si dicho documento es necesario e indispensable para comprobar la capacidad personal e idoneidad del trabajador para ejecutar determinadas labores, por ejemplo, si el trabajador tuviera como función principal y directa la atención de menores. En tal sentido, si la empresa no estaba en los casos en que podía exigir tales antecedentes o estando no los exigió, mal puede despedir al trabajador por no mostrar tales antecedentes posteriormente. Pero si habiéndo pedido tales antecedentes y estando en los casos en que podían hacerlo y el trabajador por ejemplo los falsificó, podría aquí legítimamente producirse un despido por falta de probidad

Lo que les quiero decir con lo anterior, es que todo esto debe analizarse caso a caso por un abogados laborales, como nosotros.

¿Qué puede hacer un trabajador si lo despiden por tener antecedente penales previos?

Un trabajador en Chile que haya sido despedido por tener antecedentes penales previos se encuentra ante una situación delicada que afecta directamente sus derechos fundamentales. Las vías legales principales a considerar son la demanda por despido injustificado o indebido y la demanda por tutela laboral por discriminación. Ambas demandas se hacen en una única, la de despido injustificado en subsidio a la de tutela laboral con ocasión del despido por discriminación y tienen sus argumentos:

Demanda por Despido Injustificado o Indebido Fundamento: La base de esta demanda se sitúa en que el Código del Trabajo no establece expresamente los antecedentes penales como una causal de despido.

Artículos Relevantes del Código del Trabajo: Las causales de despido están establecidas en el artículo 159 y siguientes. Si el empleador no puede encuadrar el despido dentro de estas causales, el despido será considerado injustificado.

Consecuencias para el Empleador: Si se declara que el despido fue injustificado, el empleador deberá pagar las indemnizaciones que correspondan, que pueden incluir indemnización por años de servicio y el recargo por despido injustificado, indebido o improcedente, del 30%, 50%, 80% o 100% de la indemnización por años de servicio, en ciertos casos.

– Demanda por Tutela Laboral por Discriminación

Fundamento: Esta demanda se basa en el principio de no discriminación establecido tanto en la Constitución Política de la República como en el Código del Trabajo. Es decir se basa en lo prevenido por el artículo 19 N°16 de la Constitución Política de la República en relación al artículo 2 del Código del Trabajo.  El despido por antecedentes penales, al no estar explícitamente contemplado como una causal válida, podría interpretarse como una discriminación arbitraria.

Artículo 19 N°16 de la Constitución Política de la República: Esta norma consagra el derecho de igualdad ante la ley y, en ese sentido, prohíbe cualquier discriminación que no esté basada en una justificación razonable y objetiva.

Artículo 2° del Código del Trabajo: Establece el principio de no discriminación en la contratación y en las condiciones laborales. Cualquier distinción, exclusión o restricción basada en razones que carezcan de justificación podría ser considerada discriminatoria.

Artículo 489 del Código del Trabajo: Este artículo establece el procedimiento de tutela laboral, cuando la vulneración ocurre con ocasión del despido (como despedir a un trabajador por tener antecedentes penales), que tiene como objetivo proteger los derechos fundamentales de los trabajadores.

Consecuencias para el Empleador: Si se determina que hubo discriminación, el tribunal podría ordenar medidas como la reincorporación del trabajador (rara vez ocurre o se utiliza) o el pago de una indemnización que no puede ser inverior a 6 ni superior a 11 remuneraciones, adempas de las sanciones por el despido injusto. También, se pueden dictar otras medidas destinadas a restaurar el ejercicio del derecho vulnerado y a asegurar la no repetición de los actos discriminatorios.

Autor: Francisco Acuña G.
Autor: Francisco Acuña G.

Abogado especializado en Derecho Laboral

¿Porqué despedir a un trabajador con antecedentes previos puede ser una discriminación arbitraria?

1. Derecho a la Igualdad: Toda persona tiene derecho a ser tratada con igualdad ante la ley. Despedir a alguien basándose en antecedentes penales, cuando estos no tienen relación directa con las tareas o responsabilidades del puesto, atenta contra este principio fundamental de igualdad. El artículo 19 de la constitución en su numeral 16 inciso 3°, indica: “Se prohíbe cualquier discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad  personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos”.

2. Relevancia Laboral: En la mayoría de los casos, los antecedentes penales no tienen una relación directa con la capacidad de una persona para desempeñar un trabajo. Despedir a alguien basándose en antecedentes que no afectan su desempeño laboral es una decisión que no tiene justificación objetiva en el contexto del empleo. En ciertas áreas existe prohibición expresa.

3. Redención y Reinserción: Una de las finalidades de las penas penales es la reinserción social del condenado. Si una persona ya ha cumplido su pena, debería tener la oportunidad de reintegrarse a la sociedad y al mercado laboral sin ser objeto de discriminaciones basadas en su pasado.

4. Estigmatización: Despedir a alguien por antecedentes penales contribuye a la estigmatización y perpetúa prejuicios y estereotipos negativos. Esta práctica refuerza la idea errónea de que las personas con antecedentes penales son inherentemente poco confiables o incapaces.

5. Vulneración del Principio de No Discriminación: El artículo 2° del Código del Trabajo de Chile establece la prohibición de discriminación en el ámbito laboral. Aunque no menciona explícitamente los antecedentes penales, la discriminación basada en ellos podría encuadrarse en este principio general de no discriminación si se entiende que es una distinción arbitraria y sin justificación razonable.

6. Potencial Infracción Constitucional: La Constitución Política de Chile, en su artículo 19 N°16, garantiza el derecho a la no discriminación. Un despido basado en antecedentes penales podría ser interpretado como una vulneración de este derecho fundamental.

7. Privacidad y Vida Privada: Si un trabajador no ha informado voluntariamente sobre sus antecedentes penales (y el puesto no requiere de tal información), investigar y utilizar esta información en su contra podría vulnerar su derecho a la privacidad y a la protección de su vida privada. El procedimiento de tutela también protege en este sentido el artículo artículo 19 N° 4 de la Constitución, por lo que podría alegarse también vulnerado. Además usar antecedentes penales, especialmente si no son de conocimiento público, para justificar un despido podría dañar la reputación y honor de la persona (debe analizarse). También puede vulnerar la libertad de trabajo y contratación (inciso primero y cuarto). 

La discriminación en el empleo basada en antecedentes penales previos no solo puede ser jurídicamente cuestionable, sino que también tiene profundas implicancias éticas, sociales y económicas. Las decisiones laborales deberían basarse en criterios objetivos y justificados, y no en prejuicios o estereotipos.

¿Qué dice el artículo 2 del Código del Trabajo sobre discriminación y cómo podemos vincularlo al despido por tener antecedentes penales previos?

El artículo 2° indica: «Son contrarios a los principios de las leyes laborales los actos de discriminación. Los actos de discriminación son las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, maternidad, lactancia materna, amamantamiento, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación».  En tal sentido la jurisprudencia ha interpretado que la enumeración es meramente ejemplar, analizando el artículo a la luz del artículo 19 n°16 de la constitución que establece “Se prohíbe cualquier discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad  personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos”. Dado esto, cualqueir acto discriminatorio, como lo puede ser, eventualmente el despido por tener antecedentes penales previos, puede ser discriminatorio, pues si pensaramos que los actos discriminatorios protegidos por el procedimiento de tutela son sólo los que enumera el artículo 2° del Código del Trabajo importaría concluir que nuestro procedimiento de tutela laboral protege sólo parcialmente el derecho a la no discriminación, excluyendo actuaciones basadas en otros criterios, los no previstos expresamente en la norma laboral, que el legislador nacional sí ha prohibido por otras vías de mayor rango legal, como son la propia Constitución Política de la República y el ya citado Convenio OIT n.º 111 de 1958, al cual le resulta plenamente aplicable lo dispuesto en el artículo 5° inciso segundo de la Carta Fundamental (2015, consideración 7°).

¿Siempre el despido por tener antecedentes penales previos será vulneratorio de derechos fundamentales?

No, evidentemente si por ejemplo hablamos que para un empleo determinado en que se requiere una idoneidad, como es trabajar con niños, podemos decir que lógicamente pareciera ser ajustado si se despide correctamente, el despedir a una persona condenada previamente por abuso sexual infantil o violación de menores. Y es que la conducta de aquel empleador sería a lo menos proporcional, dado el deber de seguridad que debe tener con los menores.

¿Qué es la tutela laboral?

La tutela laboral es un mecanismo legal en Chile diseñado para proteger ciertos derechos fundamentales de los trabajadores en el ámbito laboral. Dento de aquellos, se protege el derecho a la no discriminación. Un despido por tener antecedentes penales puede vulnerar el derecho a la no discriminación.  

Si me despiden por un antecedente penal, ¿puedo demandar por discriminación?

Sí, puedes hacerlo. Si consideras que tu despido ha sido por una razón discriminatoria basada en tus antecedentes penales y estos no guardan relación con las funciones del trabajo que desempeñabas, podrías presentar una demanda por prácticas antisindicales o discriminatorias ante el Juzgado de Letras del Trabajo, amparado en la acción de tutela laboral. Todo esto lo evaluaremos cuando nos presentes el caso, por cierto, como abogados laborales especializados en la defensa a derechos de trabajadores y empleadores.

«Juzgar a un trabajador solo por su pasado es perpetuar una discriminación sin fundamentos en el presente laboral

Quieres ver si fuiste discriminado por tener antecedentes penales y si puedes demandar.

Si te han despedido por tener antecedentes penales y quieres evaluar y ver si podrías demandar por alguna indemnización, es clave que nos contactes antes de firmar finiquito, para asesorarte en la reserva de derechos en el finiquito y evitar errores.

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