¿Cómo hacer un contrato de trabajo?

por | Feb 10, 2020 | contrato de trabajo

Autor: Francisco Acuña G.
Autor: Francisco Acuña G.

Abogado.

Sepa la importancia del contrato laboral: ¿Cómo hacer un contrato de Trabajo?.

Puede no parecerlo a veces, pero el contrato de trabajo es un documento que debe necesariamente estar bien redactado, teniendo en cuenta los requisitos legales, las funciones del trabajador, las obligaciones que creemos esenciales y las prohibiciones que pretendemos existan. 

Si usted requiere que redactemos el contrato de sus trabajadores, puede contactar con nuestros abogados laborales

¿Cómo hacer un contrato de trabajo en Chile?

¿Cómo hacer un contrato de trabajo?

El artículo 7 del Código del Trabajo indica que el contrato de trabajo es un “acuerdo entre el trabajador y el empleador, por el cual el primero se compromete a prestar servicios personales bajo subordinación y dependencia de un empleador, quien se compromete a pagar una remuneración por los servicios prestados”.

Si usted es empleador y requiere asesoría en hacer un contrato,  puede contar con nuestra experiencia. Es sumamente importante que como empleador haga un contrato de trabajo adecuado a cada cargo y a las particularidades de su empresa.

Por cierto que si usted quiere hacer un contrato de trabajo puede tomar un modelo cualquiera y cambiar los datos. No obstante si usted quiere prevenir problemas y protegerse como empleador ante eventuales problemas con sus trabajadores, le va a convenir contrar un abogado para redactar el contrato de trabajo de los trabajadores.

En efecto, que el contrato de trabajo tenga sólo las cláusulas básicas que encuentra en cualquier modelo siempre es una opción. No obstante, lo ideal es tener un contrato de trabajo que indique las prohibiciones que estan afectos los trabajadores, que las detalle, que detalle las implicancias de sus acciones.

Teniendo un buen contrato de trabajo que prevea y proteja al empleador ante situaciones o incumplimientos de su trabajador, es lo que le evitará muchos dolores de cabeza en el futuro.

Nuestro Estudio jurídico podemos asesorarlo a usted y a su empresa en preparar sus modelos de contrato de trabajo para cada cargo de sus trabajadores.

En efecto, si usted por ejemplo tendrá un vendedor, le va a convenir tener ciertas clausulas que prevengan atrasos, que protejan ante incumplimientos, que establezcan prohibiciones de filtrar información, de trabajar con la competencia, de vender los mismos productos que vende con usted, etc. Es por ello, que hacer un contrato de trabajo bueno, es fundamental.

01

¿Qué debe contener el contrato de trabajo?

El código del Trabajo, en el  Artículo 10 del Código del Trabajo, indica que el contrato de trabajo, debe tener, a lo menos:  

  • Lugar y fecha en que se ejecuta el contrato.
  • Nombre completo o identificación plena de las partes, indicando la nacionalidad, fechas de nacimiento e ingreso del trabajador. Igualmente contener domicilio y dirección de correo electrónico de ambas partes, si la tuvieren y fechas de  ingreso del trabajador
  • Especificación de la naturaleza de los servicios a prestar, así como del lugar en que se prestarán.
  • Si procede, el contrato debe determinar dos o más funciones específicas, sean alternativas o complementarias.
  • Monto, forma y período de pago de la remuneración acordada. Recuerda que el sueldo no puede ser inferior al salario mínimo en chile. Y que las asignaciones de movilización, colación y prestaciones familiares, entre otras, no constituyen remuneración. 
  • Duración y distribución de la jornada de trabajo, siempre respetando los topes establecidos por la ley y reconociendo el valor mínimo de las horas extras para los trabajadores chilenos.
  • Demás compromisos a los que, de mutuo acuerdo, llegarán las partes.
  • Si es el caso, beneficios adicionales que proporcionará el empleador, como la vivienda, combustible, alimentación y demás prestaciones en especie.

  • Plazo del contrato.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código del Trabajo, el contrato debe contener cláusulas que son consideradas esenciales y que no pueden faltar como:

– La identificación de los contratantes, las relativas a las labores que se compromete a realizar el trabajador y del lugar en que se prestarán; la remuneración acordada con indicación del monto, forma y período de pago; el plazo del contrato (que puede ser indefinido, de plazo fijo o plazo indeterminado), y la jornada ordinaria de trabajo, la cual debe indicar su duración, esto es, las horas semanales que laborará el dependiente (máximo 45 horas), su distribución, es decir, los días de la semana en que prestará los servicios (no menos de cinco ni más de seis días), el horario de trabajo (hora de inicio y de término de la jornada diaria) y, por último, el tiempo destinado para la colación, tiempo que no es imputable a la jornada ordinaria.

Es del caso señalar que si en la empresa existiere un sistema de trabajo por turno, éste deberá estar establecido en el reglamento interno de la misma, caso en el cual en el contrato se dejará establecido que en materia de jornada de trabajo se estará a lo dispuesto en el referido reglamento.

02

¿Que otra cosa es recomendable que contenga el contrato de trabajo?

Es importante que el contrato de trabajo detalle los deberes y obligaciones del trabajador, en consideración a sus funciones.

Muy importante para el empleador es que el contrato indique las prohibiciones que será objeto el trabajador.

Si el contrato de trabajo indica las deberes, obligaciones y prohibiciones, puede posteriormente el empleador sancionar, amonestar y incluso, ante incumplimientos graves, despedir al trabajador.

03

No existe inconveniente legal alguno para que se estipule en el contrato de trabajo una prohibición al trabajador de ejecutar negociaciones dentro del giro del negocio del empleador. En tal caso, la prohibición produciría el efecto tanto dentro como fuera de la empresa.

04

Existen muchos formatos de contratos de trabajo que pueden encontrar en la web o en la página de la Inspección del Trabajo, pero ninguno de ellos estará hecho para cubrir la relación particular que tiene con sus trabajadores, en cada una de sus funciones.

Ninguno estará hecho a la medida. Cada empleador debe con su abogado crear el mejor contrato, estableciendo los deberes, obligaciones y prohibiciones que estarán afectos los trabajadores. Es por ello que no te adjuntamos un formato. Un buen contrato, se hace a la medida.

Consultas como hacer un contrato de trabajo

Si eres empleador, es importante que el contrato de tus trabajadores quede bien redactado, estableciendo no sólo las cláusulas mínimas, sino los deberes, obligaciones y prohibiciones de tus trabajadores. Todo, al detalle.

Francisco Acuña G.

Abogado., Misabogadoslaborales.cl

 Llevamos Casos en todo Chile, de Arica a Punta Arenas.

Consulta de forma gratuita. Puedes contarnos tu caso. Si nos contratas, sólo te cobraremos un porcentaje de lo que obtengamos en juicio. Si perdemos, nada nos pagarás.

Te Resulta Útil Este Contenido? Haznos saber con una puntuación!

¡Haz clic en una estrella para puntuar!

Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 7

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Scroll al inicio
Call Now ButtonLlámanos ahora !