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Cotizaciones impagas ¿Qué hacer?

¿Que hago si tengo cotizaciones no pagadas? - 🔴 Misabogadoslaborales.cl¿Que hago si tengo cotizaciones no pagadas? - 🔴 Misabogadoslaborales.cl

¿Te has encontrado alguna vez en la situación de no haber recibido tus cotizaciones de manera correcta? No eres el único. Es muy común que los empleadores cometan errores al momento de realizar el pago de cotizaciones, ya sea que paguen a medias o incluso que no paguen nada, quedándose con los fondos que te corresponden.

Nuestros abogados están disponibles para ayudarte en todo momento, en cualquier parte del país. Desde Arica hasta Punta Arenas, cubrimos todo el territorio nacional en materia laboral. Si decides representarte con nosotros, solo te cobraremos si ganamos el caso y tomamos un porcentaje de lo obtenido. Si no ganamos, no tendrás que pagar nada. Esa es nuestra garantía.

Es obligación del empleador pagar las cotizaciones de sus trabajadores.

¿Qué pasa si mi empleador no paga mis cotizaciones?

Las cotizaciones de seguridad social (cotización en AFP, cotización de salud, seguro de cesantía, seguro de accidentes del trabajo y cajas de compensación) son parte de la remuneración del trabajador y por tanto le pertenecen, pues van destinadas a sus cuentas individuales de seguridad social.

 Si bien las cotizaciones le pertenecen al trabajador y son parte de su remuneración, tienen un fin, que es destinar obligatoriamente ese dinero a los organismos de seguridad socia .

El empleador es el encargado de retener esos dineros de la remuneración del trabajador y luego depositarlos en las entidades administradoras (AFP, ISAPRE/FONASA, Caja de Compensación, etc.). Por ende, el pago de las cotizaciones es responsabilidad del empleador.

Ahora bien, en este deber del empleador, de retener y pagar las cotizaciones a los organismos respectivos, suele ocurrir problemas:

  1. El empleador no realiza la declaración de cotizaciones.
  2. Declara y no las pagas, por medio de una Declaración y no pago (DNP), que no es sino un no pago.
  3. Realiza un pago incompleto de la cotización.
  4. Las paga, pero atrasado.

 

¿Qué puedo hacer si mi empleador no paga mis cotizaciones?

Si el empleador no paga las cotizaciones o mantiene cotizaciones impagas tienes diferentes alternativas para afrontar dicha situación:

1.- Puedes conversar con tu empleador: Plantearle que tienes cotizaciones impagas. Puede que ello se deba simplemente a un error administrativo, de su equipo de contabilidad, que este ignora y conversando puedes solucionarlo.

2.- Si tienes contrato de trabajo y tu empleador no te descuenta para realizar el pago de sus cotizaciones o si le descuenta pero luego de ello no realiza los pagos de sus cotizaciones ya sea en la AFP, en Fonasa o Isapre, o las del Seguro de Cesantía, puedes acercarse a la AFP, a su Isapre o a Fonasa, o a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), para que éstas entidades inicien las acciones de cobranza hacia el empleador moroso.

Las Administradoras están obligadas a seguir las acciones judiciales tendientes al cobro de las cotizaciones adeudadas y sus reajustes e intereses, aun cuando el afiliado se hubiere cambiado de ella.

Ante el caso que las cotizaciones impagas, puede interponer un reclamo en estas entidades adjuntando contrato de trabajo y liquidaciones de sueldo.

Los organismos deberán agotar las gestiones para aclarar la existencia de cotizaciones impagas y, en su caso, obtener el pago de aquéllas. Ello pues tienen la obligación de cobrar las cotizaciones adeudadas (tu afp, afc y fonasa o isapre).

 3.- Denunciar ante la Inspección del Trabajo. Otra opción que tienes es denunciar ante la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio de su trabajo. Si se comprueba la infracción la Inspección cursará una multa al empleador y le ordenará reparar el error.

Por desgracia las facultades de la inspección del Trabajo se limitan a cursar multas, que de no resultar efectivas obligarán a tomar acciones ante los Juzgados del Trabajo.

 4.- Puedes denunciar ante tribunales: tienes la opción de concurrir al tribunal laboral de tu domicilio y solicitar el formulario para cobro de cotizaciones, te pedirán adjuntar al mismo las liquidaciones de remuneraciones de los meses adeudados (para observar los descuentos) y los certificados de cotizaciones (afp, afc, fonasa o isapre, en su caso).

El juez notificará a las administradoras y les dará un plazo para demandar al empleador, bajo apercibimiento de hacerlas a ellas responsables de la deuda.

5.- Si existen cotizaciones impagas y deseas poner término a la relación laboral, puedes ejercer el autodespido por no pago de cotizaciones. Ello lógicamente en el caso que sean varios meses impagos. Al ejercer el autodespido por no pago de cotizaciones puedes cobrar todas tus indemnizaciones y los recargos legales respectivos. 

Esta puede ser la la acción más beneficiosa pues le permite al trabajador poner fin a su contrato de trabajo a raíz del no pago de cotizaciones pero manteniendo las indemnizaciones que le correspondan con un adicional del 50% de la indemnización por años de servicio. Requiere patrocinio de abogado. 

Muchas veces autodespido por no pago de cotizaciones será una opción que convendrá en los casos de un trabajador con años de servicios en que pueda cobrar indemnizaciones cuantiosas. 

¿Qué ocurre si soy objeto de un despido con las cotizaciones impagas?

Si eres objeto de un despido con cotizaciones impagas, debes saber que  la Ley N° 19.631, con la intención de proteger las futuras pensiones de los trabajadores, también conocida como Ley Bustos obliga a las empresas a terminar la relación contractual con sus colaboradores con el pago íntegro de las obligaciones en materia previsional.

Si el empleador no hubiere pagado íntegramente todas las cotizaciones previsionales del trabajador durante la relación laboral, el despido será nulo. 

Que el despido sea nulo, no quiere decir que el trabajador deba reincorporarse a trabajar, ni que el despido quede sin efecto, sino que el empleador continuará obligado a pagar la remuneración completa del trabajador, con posterioridad al despido nulo, mes a mes, y el trabajador no está obligado a prestar servicios a este empleador y puede conseguir otro trabajo.

La obligación de pagar las remuneraciones continuará hasta que el empleador convalide el despido, esto es:

1.- Pague las cotizaciones del trabajador.

2.- Lo notifique por carta certificada de haber hecho el pago, acompañando los comprobantes respectivos (al domicilio del trabajador que indica el contrato).

Cabe indicar que para reclamar la nulidad del despido el trabajador tiene 6 meses desde el término de la relación laboral, y que puede hacerlo aún cuando firmare finiquito.

¿Qué pasa si me despiden con cotizaciones impagas?

La obligación de pagar cotizaciones previsionales es del empleador, y la ley no hace sin distinción de trabajadores, incluso de extranjeros que no cuenten con permiso de trabajo y con contrato sujeto al permiso.

Sin perjuicio que el trabajador podría estar en severos incumplimientos, para despedirlo sin derecho a indemnización, incluso con una carta de despido que cumple con todas las formalidades legales de fondo y forma, el despido se anula por no estar pagado las cotizaciones, y en consecuencia deberá pagar la indemnización proveniente de la sanción denominada “ley bustos”, que consiste que el empleador deberá pagar una remuneración mensual desde el término de los servicios, y hasta que complete el pago de las cotizaciones que dejó de pagar íntegramente, lo que significa una sanción muy alta en dinero, y se paga directamente en favor del trabajador.

Por tanto, junto con cumplir con la obligación legal de pagar las cotizaciones previsionales, el empleador deberá cerciorase al momento de despedir a un trabajador si sus cotizaciones se encuentran al día, y por el monto que efectivamente paga como remuneración, para así no ser condenado a la sanción señalada en caso de un eventual juicio.

¿Dónde puedo ver si tengo cotizaciones impagas?

Tu debes ver si están pagadas tus cotizaciones de afp, de afc y de fonasa:

En tu Afp puedes obtener un certificado de cotizaciones.

Lo mismo puedes hacer en fonasa, para ver tus cotizaciones de salud.

Lo propio puedes hacer en la Administradora de Fondos de Cesantía, para ver tus cotizaciones de cesantía.

 

Además puedes entrar a la web de la Superintendencia de pensiones y obtener un informe de deuda previsional.

¿Cuáles son las consecuencias para el empleador si despide al trabajador manteniendo sus cotizacines impagas?

La consecuencia es que debido a la llamada ley bustos, el despido no producirá los efectos de poner término al contrato de trabajo del trabajador y deberá el empleador continuar pagando las cotizaciones como si el contrato estuviera vigente hasta que pague las cotizaciones y notifique por carta certificada al trabajador el hecho de haberlas pagado.

El trabajador podrá ejercer este derecho aún cuando firmara finiquito con el empleador, dentro de 6 meses desde el despido, demando con abogado por nulidad de despido.

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En Palabras Simples 9 - El no pago de las cotizaciones previsionalesEn Palabras Simples 9 - El no pago de las cotizaciones previsionales

El trabajador tiene el Derecho a tener sus cotizaciones al día, ya que son parte de su remuneración.

La falta de pago de las cotizaciones, son un grave incumplimiento del empleador, y ante este, el trabajador puede ejercer una serie de acciones.

Francisco Acuña G.

Abogado., Misabogadoslaborales.cl

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