Si se firma finiquito ¿Se puede reclamar después?

por | Dic 9, 2019 | finiquito

  Terminada la relación laboral ya sea por despido, renuncia o mutuo acuerdo de las partes, es el momento de suscribir el finiquito. En tal momento surgen la interrogante para el trabajador en cuanto a Si se firma finiquito ¿Se puede reclamar después?.

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Video: ¿Se puede reclamar después de firmar finiquito?

¿Se puede demandar si firmé finiquito?.

Sobre la posibilidad de demandar después de firmado el finiquito.

La creencia dice que una vez firmado el finiquito no se puede reclamar después, y esto pero como veremos esto tiene ciertas excepciones, que son: 1.- Cuando en el finiquito no indica una renuncia a acciones a demandar por lo que deseamos o indica renuncia a acciones genérica y no específica. 2.- Cuando firmo el finiquito con una reserva de derechos. 3.- Cuando se trata de un despido y se encuentran las cotizaciones impagas.

El finiquito firmado por las partes, con las solemnidades que establece la ley, constituye en una forma de extinguir derechos y obligaciones. Así, firmado el finiquito sin reserva de derechos, surte pleno efecto liberatorio respecto a las obligaciones y a las acciones consignadas en el.

En otros términos, el finiquito es un acto jurídico laboral, bilateral y solemne, toda vez que es suscrito por las partes del contrato de trabajo, empleador y trabajador, con motivo de la terminación de la relación laboral, en el que dejan constancia del cabal cumplimiento que cada una de ellas ha dado a las obligaciones emanadas del contrato, sin perjuicio de las reservas con que alguna de las partes lo hubiere suscrito, con aprobación de la otra.

En el finiquito el trabajador declara en buenas cuentas que ha recibido de parte del empleador una serie de indemnizaciones y que no tiene nada más que reclamar, en relación a la relación laboral que ligó a las partes. Dado ello, firmado el finiquito, no se puede reclamar después (no podrá demandar por ejemplo por despido injustificado, remuneraciones, horas extras u otros), y sólo será posible exigir el cumplimiento de lo pactado en este, salvo sea firmado con una reserva de derechos. 

El finiquito tiene una fuerza liberadora entre las partes, es decir que si se firma se supone que nada se deben recíprocamente. Pero eso no impide que se haga una reserva de derechos en el mismo finiquito y se firme y se cobre los dineros que se señalen en éste. Debe ser una reserva expresa, es decir, al firmar se debe escribir en el finiquito que se reserva el derecho a demandar por algún aspecto que no se esté de acuerdo en lo expresado u omitido en el documento. Después de la reserva, incluso antes de ésta, lo más aconsejable es recurrir a un abogado laboral para que lo oriente.

Consejos al firmar finiquito si quieres demandar.

Dado ello, los consejos para el trabajador al llegar la hora de firmar finiquito son lógicas:

1.- No firmar finiquito sin antes asesorarse por un abogado en cuanto al correcto monto de pago.

2.- Tampoco firmar finiquito sin estar de acuerdo con la causal de despido y sin consultar a un abogado para analizar previamente la posibilidad de reclamar por una eventual causal de despido y aumento de indemnizaciones.

3.- No firmar finiquito que indique que se paga en este acto XXX suma, si tal suma no es pagada en el acto y en efectivo. Si el finiquito se va a pagar en cuotas, por cheque u otro medio, exigir que en el documento indique y detalle las cuotas,  la individualización del cheque, fechas de pago y forma de pago de cada una de esas cuotas. Hacerlo de otra forma puede transformarse en un gran dolor de cabeza para el trabajador firmante.

La importancia de toda esta explicación, es que una vez firmado el finiquito, no se puede reclamar después, salvo casos excepcionales o por las prestaciones consignadas en el. Una vez firmado no se podrá reclamar por la causal de despido y por las acciones que por su intermedio renuncie a demandar. Entonces, siempre recomiendo no firmar finiquito sin antes consultar. Puede perder todos sus derechos al firmar un finiquito, de modo que asesórese con un abogado antes de firmar.

No firme ningún documento que le presente su empleador después de un accidente laboral, después de un despido verbal, sin consultar a un abogado. Sea prudente, no sabe la cantidad de casos que como abogado dedicado al área conozco en que el trabajador se queda incluso sin recibir un solo peso, al no prevenir la situación. Tenga en consideración que ante la pregunta Si se firma finiquito ¿Se puede reclamar después? , la respuesta es que si se firma finiquito  normalmente no se puede reclamar después

¿En que casos si firmo finiquito puedo demandar después?

Cómo ya indiqué, lo normal es que una vez firmado el finiquito, el trabajador no pueda demandar, pues renuncia por medio de este al derecho a hacerlo. No obstante hay ciertas excepciones en las que si se firma el finiquito se puede reclamar después:

1.- Si se firma el finiquito con reserva de derechos para demandar: Es decir agregando expresamente de tu puño y letra en el finiquito y en todas las copias que firmes, ya sea arriba de la firma o abajo de ella o en un costado del finiquito: «me reservo el derecho a demandar por X, por X y por X cosa». (por ejemplo, «me reservo el derecho a demandar por despido injustificado, descuento por seguro de cesantía, remuenraciones pendientes, diferencia de bono colectivo».

2.- Si al momento del despido se encuentran impagas las cotizaciones: Efectivamente, la ley indica que si al momento del despido (no de la firma del finiquito, sino del despido), el empleador te adeuda cotizaciones previsionales, el despido no produce sus efectos y el finiquito no tiene efecto liberatorio.

3.- Si en el finiquito no indica una renuncia concreta a la acción o demanda que quieras interponer: Así, si quieres demandar por accidente laboral y en el finiquito no contiene en su texto una renuncia expresa a demandar por accidente laboral, puedes hacerlo (eso han dicho los tribunales) , lo mismo si quieres demandar por enfermedad profesional, tutela laboral por infracción a derechos fundamentales, entre otros, y siempre que en el finiquito no indique en su texto una renuncia a demandar por esas materias. Estamos aquí ante el caso de que por un finiquito mal redactado, se puede demandar.

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