¿Qué es el autodespido?
Elaborado por el abogado Francisco Acuña G. – 30 Septiembre 2022.
El autodespido es la forma que tiene el trabajador de poner término a su contrato por su sólo deseo y al márgen de la voluntad del empleador producto de incumplimientos por parte de la empresa a las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo o a las que la ley impone como obligatorias.
De esta forma el autodespido así se presenta como una vía de escape que tiene el trabajador para salir de una relación laboral tortuosa sin perder sus indemnizaciones legales. Evita al trabajador tener que renunciar y perder su tiempo de servicio y sus indemnizaciones y se presenta como un castigo para el mal empleador.
En términos sencillos, la gracia del autodespido es que puede el trabajador por su intermedio poner término a su contrato y obtener sus indemnizaciones legales aumentadas estas incluso, sin importar o sin tomar en cuenta la voluntad del empleador. El autodespido evita que el trabajador que quiera abandonar una relación laboral tenga que renunciar y perder su tiempo de servicio
Así, el autodespido es un medio que tienen los trabajadores para exigir el pago de las indemnizaciones por término de contrato cuando quien incumple es el empleador, la empresa, que no les ha pagado sus remuneraciones, que no los ha protegido adecuadamente, que ha vulnerado sus derechos, entre otros casos.
¿Me puedo autodespedir y cómo funciona?
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¿Qué es y cómo funciona el autodespido?
Para que te puedas autodespedir deben existir incumplimientos al contrato o a las obligaciones que establece la ley por parte de la empresa. La ley regula el procedimiento en el artículo 171 del Código del Trabajo. En este menciona que si el empleador incurre , en alguna de las causales que se establecen en los N° 1, 5 y 7 del artículo 160. Con ello nace para el dependiente el derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, en caso de corresponder. Además se le otorga al trabajado un incremento de su indemnización por años de servicio que según la causal puede ser incluso de hasta un 100% (depende causal).
¿Qué incumplimientos que pueden servir a un trabajador para autodespedirse?:
1.- Es posible autodespedirse si el empleador no paga las cotizaciones previsionales de afp, de afc o de fonasa.
2.- Es posible autodespedirse si el empleador no paga la remuneración.
3.- Es posible autodespedirse si el empleador no otorga el trabajo convenido.
4.- Autodespido por no pagar las horas extras.
5.- Autodespido por no llevar libro de asistencia, estando obligado a ello.
6.- Autodespido por acoso laboral.
7.- Autodespido por infracción grave del empleador a los deberes de seguridad.
9.- Autodespido por injurias proferidas por el empleador al trabajador.
10.- Autodespido modificación unilateral del contrato.
11.- Autodespido por cambio de funciones, sin acuerdo con el trabajador.
12.- Autodespido por exigencia de favores sexuales a cambio de no ser despedido o de una mejor remuneración u condiciones.
13.- Autodespido por agarrones u otros actos de conotación sexual, constitutivos de acoso sexual por parte del empleador.
14.- Falta de cumplimiento del empleador a protocolos de cuidado. Como si presentada una denuncia al empleador de un trabajador que causa acoso, este omitiera realizar investigación y aplicar sanciones contra responsable o siguiera exponiendo a la víctima al acosador, sin tomar medidas.
15.- Autodespido por pagar remuneraciones de forma fraudulenta. Por ejemplo pagar cotizaciones por montos inferiores al real o pagar una remuneración distinta a las reales que figuran en las liquidaciones, con el objeto de pagar menos cotizaciones.
16.- Autodespido por adulterar documentos laborales, como contrato, liquidaciones u otros.
17.- Autodespido por agresiones físicas por parte del empelador.
18.- Autodespido por humillar, denigrar o menospreciar constantemente al trabajador (hechos que pueden sser constitutivos de acoso laboral).
19.- autodespido por exponer al trabajador a riesgos sin los elementos de protección personal. Por ejemplo, trabajo con horno/guantes de seguridad, trabajo en altura/cuerdas de seguridad, trabajo en terrenos escarpados/zapatos de seguridad, etc.
20.- Autodespido por cambio unilateral del lugar de trabajo o del lugar en que se prestan los servicios.
21.- Autodespido por disminución de la remuneración.
22.- Es posible autodespedirse si el empleador te descuenta un crédito por planilla y no lo paga a la institución que corresponda.
En fin, puedo darles una infinidad de ejemplos. Lo importante es que ya sea por estos ejemplos u otros, antes de autodespedirse llamen y consulten para ver si su caso particular es posible hacerlo. No se asesoren por la Inspección del trabajo ni llenen el formulario que les entregan. Deben saber que aunque puede tener buena voluntad el personal de la Inspección, quien a ud lo atiende no es sino un administrativo, que jamás ha ido o ha tenido un juicio por esto, y que muchas veces no tienen sino cursos en la materia. Siempre asesorarse por un abogado laboralista.
Como veremos, el autodespido siempre conlleva un juicio y siempre para este necesitará un abogado. Lo ideal es que la carta de autodespido que explicaremos más adelante, la redacte el abogado.
¿Qué es el autodespido?
El autodespido es la forma que tiene el trabajador de poner término a su contrato por su sólo deseo y al márgen de la voluntad del empleador producto de incumplimientos por parte de la empresa a las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo o a las que la ley impone como obligatorias.
¿Qué gano con el autodespido?
En términos sencillos, la gracia del autodespido es que puede el trabajador por su intermedio y por su sólo deseo poner término a su contrato y obtener sus indemnizaciones legales aumentadas estas incluso, sin importar o sin tomar en cuenta la voluntad del empleador. El autodespido evita que el trabajador que quiera abandonar una relación laboral en la que ya no desee estar tenga que renunciar y perder su tiempo de servicio
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¿Si no hay incumplimientos del empleador, me puedo autodespedir?
No, sólo te puedes autodespedir si existen incumplimientos por parte del empleador al contrato o a la ley. Debe para autodespedirse existir incumplimientos o actos de acoso u otros que ya nombramos. Pero si no hay nada de eso, no te puedes autodespedir y tus alternativas son: Renunciar o continuar trabajando. Recuerda que el autodespido está pensado para poder poner término a la relación laboral al existir incumplimientos u conductas graves cometidas por el empleador, que hacen insostenible la relación laboral.
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¿Cómo se hace el autodespido?.
El trabajador debe comunicar por escrito a su empleador el término del contrato (carta de autodespido), con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, indicando la o las causales legales que se invocan para autodespedirse y los hechos en que se funda el término del contrato. Es una carta que es importante quede bien explicada y detallada al máximo. Por ello siempre lo recomendable es que lo redacte un abogado.
Mucho ojo con esto. No es inusual encontrarse con cartas de autodespido con una pobre redacción, escaso desarrollo de los fundamentos, o inclusive una extemporánea alegación de una supuesta infracción del empleador, habiendo pasado mucho tiempo entre aquella supuesta falta y la decisión de poner término al contrato de trabajo, cuestión que le resta gravedad al autodespido. Esta mala utilización del autodespido se debe, probablemente, a la mala o inexistente asesoría que los trabajadores han recibido previo a su utilización.
1.- El primer paso entonces es redactar la carta de autodespido.
2.- Redactada la carta de autodespido se imprime o se saca en 3 copias y se firman por el trabajador.
3.- Hecho lo anterior, puede llevarse las tres copias a la Inspección del Trabajo para que se timbren. Ahí le quitarán al trabajador una de las copias, que queda para la Inspección. De las dos restantes, una se ingresa al interior de un sobre americano y se envía al empleador al domicilio que señala el contrato por carta certificada. Con la tercera copia más el comprobante de envío de la carta enviada al empleador, al día siguiente el trabajador cobra su seguro de cesantía. Luego, le lleva la misma carta y el comprobante de envío al abogado.
4.- Realizado todo lo anterior, redactamos la demanda para interponerla en tribunales. Sólo varará este paso si se trata de un juicio monitorio, en que la ley impone antes de demandar presentar un reclamo a la Inspección del Trabajo.
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¿Puedo hacer el autodespido con la Inspección del Trabajo?.
La Inspección del trabajo tiene formatos tipo de cartas de autodespido. Muy mal hechas, por cierto. De hecho notará en ellas que le deja unas pocas lineas al trabajador para explicar los motivos para autodespedirse.
Como el autodespido necesariamente implica interponer una demanda en tribunales luego de redactar la carta de autodespido, no cometa el error de redactar usted mismo la carta. Que la carta de autodespido la redacte el abogado. Seamos nosotros o el que usted estime conveniente.
No sabe usted cuantos casos nos llegan a los abogados con cartas de autodespido redactadas por los propios trabajadores, cartas mal redactadas o con contenido insuficiente, que no contienen todo lo que debieran.
Tener una buena carta de autodespido es el primer paso para salir victorioso en la demanda. No use los formatos de la Inspección, nunca jamás. Y recuerde, en lo posible siempre en materias legales tenga el consejo de un abogado. En la Inspección del Trabajo pueden tener muy buena voluntad, pero recuerde usted que cuando conversa con el personal, usted está hablando con un administrativo. Puede tener muy buena voluntad, pero creanme que suelen tener mucho desconocimiento.
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¿Porqué el autodespido necesariamente implica una demanda en tribunales?.
Mucha gente tiene la creencia que esto puede resolverlo la Inspección del Trabajo. Ello no es así. Todo autodespido implica hacer y enviar una carta de autodespido al empleador y posteriormente demandar en tribunales.
Puede además interponerse, si se quiere, un reclamo en la Inspección del Trabajo luego de enviar la carta de autodespido. No obstante ello la Inspección del Trabajo no tiene ninguna facultad para decidir si el autodespido procede o no. Ello pues simplemente es una instancia de mediación (conciliación). El funcionario no tiene ninguna facultad de impartir justicia. Ella sólo la tiene el juez.
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¿En qué plazo debe presentarse la demanda?.
Desde que se realiza el autodespido, el trabajador tendrá el plazo de 60 días hábiles para interponer la demanda por autodespido.
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¿En qué plazo debe presentarse la demanda de autodespido?.
Si se obtiene sentencia favorable a la demanda de autodespido, el juez ordenará el pago de las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y legal por años de servicios, esta última aumentada en un 50% en caso que la causal invocada sea la del N° 7 del artículo 160, o en un 80% en el caso de las causales del N° 1 y 5 del mismo artículo.
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¿Cuáles son las causales para autodespedirse?.
Más arriba indicamos una serie de ejemplos de casos en que pueden configurarse las causales para autodespedirse.
¿Cuáles son las causales para autodespedirse?:
I. En relación al artículo 160 N° 1 del Código del Trabajo
a) Falta de probidad en el desempeño de sus funciones.
b) Conductas de acoso sexual.
c) Vías de hecho ejercidas por el empleador en contra del trabajador.
d) Injurias proferidas por el empleador en contra del trabajador.
e) Conducta inmoral grave del empleador.
II. En relación al artículo 160 N° 5 del Código del Trabajo
f) Actos, omisiones, imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores o a la salud de éstos.
III. En relación al artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo
g) Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo.
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¿Qué posibilidades tengo de ganar el autodespido?.
El autodespido es una buena herramienta, y es útil para los trabajadores que se han hecho asesorar bien en forma previa por un abogado especialista en materia laboral. Aquella es la clave, ya que la falta de prolijidad o buena asesoría puede terminar en la pérdida del juicio.
Un buen abogado no llegará y autodespedirá al trabajador, sino que previamente evaluará el caso y las posibilidades reales de ganar el autodespido. Al conocerse el caso te diremos inmediatamente las posibilidades de ganar.
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