Me despidieron y contrataron a otra persona.

por | Jun 2, 2020 | despido

Video: ¿Qué pasa si me despiden y contratan a otro?.

Llevamos Casos en todo Chile, de Arica a Punta Arenas.

Frecuentemente me llaman y me consultan trabajadores sobre ¿que hacer si me despidieron y contrataron a otra persona?. El problema normalmente se presenta cuando despiden a un trabajador X, normalmente por la causal de necesidades de la empresa y contratan a otra persona en el puesto a los pocos días. La duda siempre es la misma: ¿Es eso legal?, ¿Me pueden despedir y contratar a otra persona?, ¿Puedo hacer algo?.

Recordamos desde ya que prestamos asesoría de Arica a Punta Arenas, en todo el país. En aquellas zonas en las cuales no tenemos oficina física, nuestros abogados laborales viajan, ya sea para representar a empleador o trabajador. Sólo vemos temas laborales. Además trabajamos contra resultados y cobrando un porcentaje de lo que obtenemos al representar al trabajador. Si no ganamos, no nos paga. Garantía de Misabogadoslaborales.cl 

¿Qué pasa si me despidieron y contrataron a otra persona?

Contrataron a otro en mi puesto de trabajo.

Como indicamos el problema se da cuando la empresa despide a un trabajador por la causal del artículo 161, esto es necesidades de la empresa y a los pocos días contrata a otra persona. Si ocurre un despido por la causal del  artículo 161 inciso primero, esto es: Necesidades de la empresa, y paralelamente han contratado a otra persona para que ocupe su puesto, el despido es injusto, o al menos en la mayoría de los casos lo será, como explicaremos.

¿Qué implica la causal de necesidades de la empresa

El artículo 161 del Código del Trabajo, establece en el inciso primero el despido por necesidades de la empresa. Tal artículo estipula que el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.> Asi, en el artículo se mencionan ciertos supuestos a título de ejemplo en los cuales se puede utilizar la causal de necesidades de la empresa. Esta pensada para ser aplicada sólo cuando existan consideraciones objetivas de orden técnico o económico que afecten la actividad de la empresa y hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. El empleador debe acreditar en juicio si el trabajador demanda, que existe las necesidades de la empresa que indica en la carta de despido y por tanto que existen las consideraciones de objetivas, carácter técnico o económico y que hacen procedente el despido. Es para ser aplicada en situaciones que hagan inevitable la separacion de uno o más trabajadores, pero que aquellas sean por consideraciones técnicas o económicas y que hagan necesaria la separación. La causal de necesidades de la empresa no está pensada entonces como una causal de castigo o reproche a un trabajador. Tampoco esta pensada en que pueda aplicarse por la mera voluntad del empleador de despedir. En consecuencia no puedo despedir por esta causal a un trabajador por mal desempeño , o por una consideración que no se enmarque en el artículo. De hacerlo y de demandar el trabajador solicitando que se declare injustificado el despido, el empleador tendrá la compleja tarea de acreditar en juicio que el despido es justificado.

En juicio, ante una demanda del trabajador,  deberá el empleador acreditar (este es el que tiene el problema de la prueba) que aquellas consideraciones son de carácter técnico o económico de la empresa, que son consideraciones objetivas, que no dependen de su sola voluntad, sino de situaciones que den cuenta que forzosamente se debió adoptar procesos de modernización o de racionalización en el funcionamiento de la empresa, también en circunstancias económicas, como son las bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado.

¿Es un despido injustificado si me despiden y contratan a otra persona?.

Normalmente será un despido injustificado si contratan a otra persona en tu puesto. Es complejo pensar en casos en que sea posible aplicar justificadamente la causal de despido si luego del despido contrata a otra persona en el puesto. Efectivamente, ahí no hay necesidades de la empresa (o no habrá en la gran mayoría de los casos), sino que habrá simplemente un deseo del empleador de despedir por mal desempeño o despedir por bajo rendimiento, o despedir por la existencia de algún altercado o simplemente por no gustarle la persona, pero no existirá en los hechos las necesidades de la empresa de proceder al despido.

Ello hace que en la mayoría de los casos en donde despiden a un trabajador y contratan a otro en el puesto, estemos ante un despido injustificado. La razón de esto es que si existían necesidades de la empresa de despedir a un trabajador por razones de orden técnico o económico (ante las cuales es procedente la causal), es difícil vislumbrar que la empresa busque reemplazante para tal trabajador. Ello no deja sino ver que tales necesidades no existen. Al respecto debe recordarse que el legislador eliminó con la ley 19.759 la causal de despido por falta de adecuación laboral o técnica como motivo justificado para despedir a un trabajador.

Lo cierto es que todo trabajador incluso aunque no contraten a nadie en el puesto, debiera antes de firmar finiquito, consultar con un abogado laboral, enviarle su carta de despido y preguntarle si su despido es un despido justificado, o si por el contrario, no se justifica y puede obtener indemnizaciones adicionales a las que corresponden por la causal que alega el empleador. causal de necesidades de la empresa del artículo 161 del Código del Trabajo, para ser justificada debe fundarse en hechos objetivos, que hagan «inevitable» para la empresa, la separación de uno o más trabajadores, lo que queda de manifiesto por el empleo de la palabra «necesidades» de la empresa; como también, si se consideran los ejemplos del legislador en que puede aplicarse la causal. Recordar siempre que no basta que el empleador «crea» que está en esa situación, sino que será un juez el que en definitiva deberá determinar si es aplicable al caso aquello que dice el empleador.

La estadística es que el 90% de los casos en que el trabajador es despedido por necesidades de la empresa y demanda, gana, y con ello logra aumentar sus indemnizaciones.

¿Qué debo hacer si me despiden para salvaguardar mis derechos?

Siempre cuando a uno lo despiden debiera antes de firmar finiquito asesorarse con un abogado laboral. Nosotros le preguntaremos a la persona cuánto tiempo lleva trabajando, porqué causal lo despidieron, qué dice la carta de despido, cuál crees qué es el verdadero motivo de tu despido.

Con ello y puede que una que otra pregunta más, según el caso, te diremos en su caso, que firmes el finiquito con reserva de derechos, indicando el texto exacto que debes poner y enviando un ejemplo de un finiquito, ello con el objeto que puedas firmar el documento, recibir tu dinero y en su caso, podamos luego demandar por despido injustificado y por indemnizaciones adicionales a las que te ofrecen a pago.

Francisco Acuña G.

Francisco Acuña G.

Abogado especializado en Derecho Laboral

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¿Puede la empresa despedirme por necesidades de la empresa y contratar a otro en el puesto?

Si, la empresa puede despedirte y contratar a otro en el puesto. No obstante ello, tu ante tal situación puedes presentar una demanda de despido improcedente, indicando que son falsas las necesidades de la empresa en que se justifica el despido.

Lo anterior lo puedes hacer contraten a otro o no. El hecho que contraten a otro en tu puesto, no hace sino reforzar el hecho que no existen las necesidades de la empresa en que se funda la causal. Esto es muy importante entenderlo. Y es que mucha gente me llama y me cuenta que lo despidieron y contrataron a otro y me preguntan si puede hacer eso la empresa. ¡ Pues claro que puede !, no existe norma que le impida contratar a otro incluso inmediatamente. Otra cosa es que en virtud de eso, puedas tu demandar despido injustificado y obtener se te incrementen tus indemnizaciones (pero eso no anula o deja sin efecto la contratación). 

Cabe indicar y repetir a riesgo de ser majadero, que puedes demandar por despido injustificado para que se aumenten tus indemnizaciones contraten a otro o no, siempre que no tengas finiquito firmado o pongas en este una reserva de derecho.

¿Se puede reemplazar a un trabajador despedido por necesidades de la empresa?

Nuevamente la respuesta es, si, se puede contratar un reemplazante para el trabajador despedido por necesidades de la empresa. No obstante, si se despidió un trabajador por necesidades de la empresa y este era el motivo real, entonces no debería por qué contratar uno en el mismo puesto de trabajo.

Ahora, si bien siempre hay que ver el «caso a caso», en términos generales si se contrató un nuevo trabajador ese despido podría ser declarado despido injustificado con altas probabilidades.

No sé si me explico. El problema no es que no se pueda contratar a otro en el puesto. El tema es que si el trabajador reemplazado demanda tal despido será muy probablemente declarado injustificado. Ello no quiere decir que no se pueda, sino que el empleador producto de ello deberá pagar el aumento de indemnizaciones que la ley contempla.

¿Qué indemnizaciones extra puedo optar si me soy objeto de un despido por necesidades de la empresa, no estoy de acuerdo y demando?.

Puedes pedir en tal caso se aumente tu indemnización por años de servicio en un 30%, al ser el despido injustificado o improcedente.

¿Cómo identificar un despido injustificado?

Hay que leer la carta de despido y ver los hechos que rodean la carta de despido. Hay que ver si la causal y los hechos que se argumentan en la carta de despido son o no reales y si configuran la causal. Normalmente aquí está el problema, en cuanto a que los hechos justificativos del despido no suelen ser reales o la carta es tan escueta que no detalla los hechos que justifican el despido.

Qué debo hacer si creo que mi despido es injustificado?

Si crees que tu despido es indebido, injustificado o improcedente, tienes el derecho a demandar con un abogado para que un tribunal así lo declare.

Nosotros asesoramos a trabajadores, con cobro contra resultados.

El plazo que tienes para demandar es de 60 días desde el despido, por medio de un abogado. Este  plazo de caducidad se suspende por reclamo ante la Inspección del Trabajo en los términos señalados en el inc. final del art. 168 Código del Trabajo. El abogado buscará obtener un aumento de tus indemnizaciones, aumento que variará según la causal de término por la cual te despiden.

Ten muy en cuenta que cuando te despiden por necesidades de la empresa, no firmes finiquito sin antes consultar con nosotros o el abogado de tu confianza. El finiquito debes firmarlo con una reserva de derechos (que no es simplemente: me reservo derechos o algo por el estilo, una reserva mal hecha es un juicio perdido). 

Me despidieron y contrataron a otro en mi puesto, quiero demandar, pero quiero recibir mi finiquito ahora, ¿qué debo hacer?

Si eres objeto de un despido por necesidades de la empresa, crees que el despido es injustificado y quieres demandar para obtener un aumento de tus indemnizaciones, puedes hacerlo. 

Desde tu despido el empleador tiene 10 días para poner el finiquito a tu disposición. 

Si te interesa recibir tu finiquito, con tus indemnizaciones rápidamente, puedes firmar el finiquito con una reserva de derechos (reserva que lo ideal es que te la indique el abogado con el cual demandarás). Ello implica firmar el finiquito pero agregar a todas las copias una reserva (como, «me reservo el derecho para demandar por despido improcedente y descuento efectuado por aporte del empleador al seguro de cesantía«).

Así, si te llaman a una notaria a firmar el finiquito, recibe antes orientación para firmarlo con reserva de derechos. En el caso que el notario se niegue a permitirte poner la reserva (cosa que ocurre en la mayoría de los casos), no firmarlo e ir a la inspección a poner un reclamo, te citarán a una audiencia con tu empleador y en ella este deberá llevar tu finiquito y pagarte o lo multarán. Además, no se podrá negar a que pongas la reserva de derechos.

El gran beneficio de esto es que podrás firmar el finiquito y recibir en el acto todas las indemnizaciones que te ofrece tu empleador y luego con todo eso en tu bolsillo, demandar por las  indemnizaciones adicionales, por despido injustificado.

¿Qué puedo hacer si me despiden y contratan a otra persona?

Llámanos. Te daremos las instrucciones pertinentes para que suscribas tu finiquito con una reserva de derechos. En el momento recibirás todas tus indemnizaciones que te ofrece el empleador.

Luego juntos y sin que ya tengas nada que perder, demandaremos en tribunales por despido injustificado para obtener las indemnizaciones adicionales que contempla la ley ante un despido injustificado. 

Normalmente podrás obtener dos cosas: 1.- Que se aumente tu indemnización por años de servicio un 30%. 2.- Recuperar el descuento que hace el empleador por aporte al seguro de cesantía.

Si me despidieron y contrataron a otra persona en el puesto ¿Puedo denunciar en la Inspección del Trabajo?

No, la Inspección del Trabajo no es competente para conocer de ello. Los únicos que pueden pronunciarse sobre si un despido es o no injustificado son los tribunales, luego de una demanda presentada por el trabajador. Esta demanda requiere necesariamente abogado.

Si me despidieron y contrataron a otra persona en el puesto ¿Qué plazo tengo para demandar por despido injustificado?

Tienes el plazo de 60 días hábiles para demandar por despido injustificado, con abogado y ante el juzgado del Trabajo que corresponda.

¿Me puede dar un ejemplo de un caso en que despidan a un trabajador y contraten a un reemplazante en que el despido sea evidentemente injustificado?

Por ejemplo, veamos el caso de Pedro: Pedro trabajaba en el Supermercado XXX desde el año 2009, como cajero, y el día 2 de marzo de 2019 lo despidieron por necesidades de la empresa argumentando la carta de despido sólo bajas en la productividad o cambios en el mercado laboral. A los pocos días de ser despedido pedro se entera que contrataron a otra persona en su lugar, en su mismo puesto. Este nos consulta si puede demandar por despido injustificado.

Pedro en tal caso puede demandar por despido injustificado, argumentando que si existieran las supuestas necesidades de la empresa por bajas en la productividad, no podrían haber contratado a otra persona. Pedro tendrá altas probabilidades de ganar el juicio. Ello ya que si efectivamente existieran baja productividad (cosa que debe comprobar la empresa) o cambios en condiciones de mercado, lo lógico es que no se contrate reemplazante. Ello dejaría de manifiesto que son otras las circunstancias por las cuales se le despide y no las indicadas en la carta. 

 Llevamos Casos en todo Chile, de Arica a Punta Arenas.

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